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La Fiscalía avala que un familiar pueda recurrir una eutanasia ya autorizada por los médicos, aunque pide limitarlo | Collector
La Fiscalía avala que un familiar pueda recurrir una eutanasia ya autorizada por los médicos, aunque pide limitarlo
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La Fiscalía avala que un familiar pueda recurrir una eutanasia ya autorizada por los médicos, aunque pide limitarlo

El Ministerio Público solicita al Supremo que zanje el debate sobre si se puede impugnar la muerte digna y que solo puedan hacerlo los familiares con un "intenso vínculo afectivo" con los solicitantes Noelia ya ha muerto: el primer caso de eutanasia impugnada por los ultracatólicos acaba en circo mediático Posición intermedia de la Fiscalía en el debate sobre las impugnaciones de eutanasias ya avaladas por los médicos por parte de familiares. El Ministerio Público ha solicitado al Tribunal Supremo que no impida del todo el derecho de los familiares a impugnar muertes dignas ya concedidas por la administración, si bien ha pedido que esta posibilidad sea muy restrictiva y que se permita tan solo en los casos en que haya un “intenso vínculo afectivo” entre el solicitante y sus parientes que se oponen a su eutanasia. El escrito de la Fiscalía se produce en un procedimiento relevante para la muerte digna en España. Los casos de Noelia y el de otro de hombre de Barcelona, Francesc A ., cuyo padre también se opone a su derecho a morir, han mostrado un efecto insospechado de la ley de eutanasia aprobada en 2021: familiares que emplean los tribunales, en ocasiones de la mano de entidades ultras, para limitar un derecho e ir en contra del criterio científico y jurídico del comité evaluador de la muerte digna. Si bien son solo dos casos en España, la cuestión jurídica que dirimirá el pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo a partir del caso de Francesc A. sentará doctrina para nuevos casos. ¿Un familiar puede recurrir una eutanasia ya concedida? A esta pregunta tendrá que responder el Alto Tribunal a partir del recurso de la Generalitat, que defiende que no ya que supone interferir en el derecho a la muerte digna de los pacientes. La postura de la Fiscalía es más matizada. Según ha informado la Fiscalía en un comunicado, el Ministerio Público ha sostenido ante el Supremo que el derecho de terceras personas distintas al solicitante de la eutanasia para impugnarla “debe ser interpretada con carácter restrictivo”. Esto es, se quiere evitar un aluvión de recursos de familiares descontentos con la decisión personal de los solicitantes de eutanasia, pero no cerrar del todo la puerta a que puedan impugnarlas. La Fiscalía considera que solo deben poder recurrir “los parientes ubicados en el más estricto ámbito familiar respecto de la persona solicitante”. No basta, a criterio del Ministerio Público, el mero hecho de ser parientes, sino que reclama al Supremo imponer un requisito añadido: la existencia de un “intenso vínculo afectivo” presente al tiempo de acudir al juzgado contra la eutanasia de su familiar. Lo que sí quiere evitar a toda costa la Fiscalía es que esos recursos los realicen entidades ultras por su cuenta, y así se lo ha pedido al Supremo. Aunque no las menciona explícitamente, la Fiscalía considera que entidades como Abogados Cristianos “carecen de legitimación para impugnar resoluciones administrativas tanto de concesión como de denegación” de la eutanasia. Cabe remarcar que la cuestión que resolverá el Supremo no versa sobre el derecho de Francesc A. de recibir la eutanasia, sino en exclusiva sobre si un familiar (en este caso su padre) puede recurrirla. La primera jueza que vio el caso lo rechazó de plano. El TSJ catalán dio un giro al caso y sí consideró que los familiares podían impugnar las concesiones de la muerte digna, aunque avaló igualmente la eutanasia de Francesc A. La jurisprudencia europea, recordó la jueza de Barcelona que examinó en primer lugar el caso, requiere que, para recurrir la eutanasia, el familiar tenga un “vínculo real” con el paciente que quiere morir dignamente, algo que no se daba en el caso de Francesc A. Los magistrados del TSJ catalán, en cambio, se adentraron en analizar la relación padre-hijo frente a la cuestión central, el derecho del solicitante de eutanasia a no ver impugnada su voluntad. “Incluso en situaciones de desencuentro o conflictos familiares prolongados podría permanecer la esencia de la preocupación paternofilial que justifica”, según los jueces, la “integridad” del derecho del padre a recurrir la eutanasia. El Supremo dictará sentencia en las próximas semanas.

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