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La sección civil y de instrucción del Tribunal de Instancia de Vilalba ha decretado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa contra la alcaldesa de Guitiriz (Lugo), la socialista Marisol Morandeira. La investigación se inició tras una denuncia del portavoz del Partido Popular en el municipio, quien la acusaba de supuestos delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad en documento público u oficial. Según ha informado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), la denuncia se fundamentaba en el cobro de dietas por un importe de 381,65 euros correspondientes a un viaje oficial a Portugal. El denunciante alegaba una supuesta incompatibilidad, ya que la regidora había asistido telemáticamente a la junta de gobierno local celebrada el 10 de diciembre de 2025 mientras se encontraba en el extranjero. Sin embargo, el auto judicial desvirtúa estas afirmaciones. La documentación aportada durante la instrucción acredita que la alcaldesa percibió las dietas “conforme a lo establecido en el acuerdo plenario correspondiente” y que su asistencia a la junta de gobierno fue efectivamente por vía telemática. En la resolución, la jueza explica que, tras las diligencias practicadas, “el resultado de las mismas no ha logrado confirmar la existencia de indicios suficientes de la comisión de los hechos denunciados”. En el momento en que se conoció la denuncia, la alcaldesa acusó al Partido Popular de haber entrado “en un juego sucio”. Morandeira defendió entonces que “todas las acciones y procedimientos administrativos que se llevan a cabo desde el Ayuntamiento están, como no podía ser de otro modo, dentro de la más absoluta legalidad”. Aun así, reconoció el derecho de los grupos políticos a tomar medidas legales al afirmar que “si algún grupo político considera que alguna de estas acciones administrativas incurre en ilegalidades, está en su legítimo derecho de denunciarlo”. No obstante, reiteró que esta cuestión “nada tiene que ver con el objetivo claro de la política local: trabajar para mejorar la vida de los vecinos y vecinas”. El tribunal ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa, aunque la resolución no es firme. Contra ella todavía cabe interponer un recurso de apelación.
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