CORDÓPOLIS
El agresor sexual puede recurrir el auto que lo ha llevado a la cárcel hasta que la sentencia adquiera firmeza La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha acordado el ingreso provisional en la cárcel del fotógrafo condenado a 14 años de prisión por abusar de su hijastra y distribuir vídeos de explotación infantil . Esta decisión judicial llega después de que la acusación particular y el Ministerio Público la solicitaran a la Audiencia. Tras una deliberación, el tribunal ha acordado esta medida hasta que la sentencia adquiera firmeza. Según fuentes judiciales, el condenado puede ahora recurrir el auto de prisión, al igual que la sentencia condenatoria. Si se interponen estos recursos por parte de la defensa, la acusación particular, representada por la abogada María del Carmen Garrido Montiel, prevé impugnarlos. Según el relato de los hechos probados, el condenado comenzó a convivir con la menor en 2011, cuando esta llegó a España desde su país de origen. El acusado, que ejercía de facto como figura paterna, inició los abusos en 2012, cuando la niña tenía solo seis años, y los mantuvo hasta que cumplió los 12, en 2017. En un primer momento, el condenado acariciaba a la menor en las nalgas y le pedía que le tocara el pene, planteándolo como un juego para la niña en el que le pedía que cerrara los ojos y que le cogiera el dedo. No obstante, lo que ponía en sus manos era su pene. Meses después, comenzó a realizar caricias en los genitales de la menor, sin llegar a penetrarla al tiempo que él se masturbaba. En otras ocasiones, le pedía que le acariciara ella misma para así excitarse y masturbarse en su presencia. Trascurrido un año, durante el cual estas acciones se repetía entre dos y tres veces por semana, el acusado convenció a la menor para que le masturbase con las manos y después le introdujera el pene en la boca, para que le hiciera felaciones. El condenado seguía planteando esto como un juego que la menor interiorizaba con naturalidad y que repetía cuando se quedaba a solas con ella en el domicilio, ya que su madre trabajaba. En algunas ocasiones, le tocó los pechos, le chupó los genitales y le introdujo su dedo en el ano. Además de todo ello, según la sentencia, el procesado mostraba videos de carácter sexual a la menor mientras cometía estos actos. Asimismo, los reproducía en la televisión delante de ella, quien llegó a ver vídeos de parafilia en los que, por ejemplo, aparecía una mujer practicando una felación a un caballo. El tribunal también consideró probado que el condenado grabó en su Ipad, en dos ocasiones, los actos de carácter sexual que cometía sobre la menor. La víctima, a medida que crecía, fue siendo consciente de lo que hacía sobre ella la persona que sentía como su padre. Esto provocó que se sintiera avergonzada y borrara alguno de estos vídeos. No ha quedado probado que estos archivos fueran compartidos por el procesado con terceras personas. En consecuencia, el tribunal le impuso 12 años de cárcel por el delito de abuso sexual con penetración y dos años de prisión por un delito de distribución de material de explotación infantil que pudo ser descubierto gracias a un disco duro que tenía el condenado. Además, deberá indemnizar a la víctima con 15.000 euros por daños morales, cantidad que devengará los intereses legales correspondientes. Asimismo, la justicia ordenó el comiso de un disco duro de 500 GB de capacidad, procediendo al borrado seguro de todo su contenido.
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