La Jornada
En una decisión con efectos generales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la norma de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste) que condicionaba la pensión por viudez o concubinato, al permitir su suspensión si el beneficiario trabajaba y cotizaba en el mismo régimen.
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