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Los ayuntamientos catalanes mantienen el rodillo lingüístico y exigen que el dominio de la lengua autonómica sea un requisito excluyente para acceder a un empleo público. La entidad Convivencia Cívica Catalana (CCC) ha impugnado judicialmente las oposiciones para chófer y jardinero del Ayuntamiento de Amposta (Tarragona) y la de oficial de la brigada del de Sarrià de Ter (Gerona) por exigir «un nivel de catalán desproporcionado y que no guarda relación con el puesto a cubrir». CCC ha presentado tres demandas contencioso-administrativas contra convocatorias de empleo público que imponen «de forma excluyente» un nivel B2 de catalán para acceder a puestos de trabajo de carácter manual y técnico. En concreto, la entidad ha recurrido la convocatoria del Ayuntamiento de Amposta para cubrir una plaza de oficial de primera-chófer, la convocatoria del mismo consistorio para una plaza de oficial de segunda-jardinero, y la convocatoria del Ayuntamiento de Sarrià de Ter para cubrir tres plazas de oficial de brigada, todas ellas del grupo C2 y todas ellas sujetas a la misma exigencia lingüística eliminatoria. «Estas nuevas acciones judiciales se sustentan en la reciente doctrina del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), fijada en resoluciones que han empezado a corregir judicialmente los excesos en la imposición de requisitos lingüísticos para acceder al empleo público. Esa línea jurisprudencial ha quedado reflejada, entre otros supuestos, en las sentencias referidas al puesto de chófer del Parlament y al de peón del cementerio de Vic, en las que se rechaza que pueda imponerse de forma automática un nivel de catalán desproporcionado y desvinculado de las funciones reales del puesto», señalan desde Convivencia Cívica. En el caso del Parlament, el TSJC anuló la exigencia de nivel B2 para dos plazas de chófer polivalente por vulnerar el derecho de acceso a la función pública en condiciones de igualdad, mérito y capacidad. Convivencia Cívica Catalana considera que las convocatorias ahora recurridas reproducen exactamente ese mismo esquema de exclusión. En Amposta, las bases publicadas el 31 de marzo de 2026 exigen un nivel B2 de catalán para una plaza de oficial de primera-chófer del grupo C2, ya sea mediante acreditación documental o mediante la superación de una prueba eliminatoria de ese nivel. Ese mismo día se publicaron también las bases para cubrir una plaza de oficial de segunda-jardinero, igualmente del grupo C2, con la misma exigencia excluyente. Por su parte, en Sarrià de Ter, las bases publicadas el 30 de marzo de 2026 imponen también un nivel B2 de catalán para acceder a tres plazas de oficial de brigada del grupo C2. La entidad denuncia que se halla «ante una práctica cada vez más difícil de disimular: utilizar el catalán no como un requisito funcional y justificado, sino como una barrera previa de acceso para expulsar del empleo público a quienes no encajan en el perfil lingüístico que determinadas Administraciones pretenden imponer. Se falsea así el sentido constitucional de los procesos selectivos y se convierte la lengua en un filtro de exclusión que opera antes incluso de que el aspirante pueda acreditar sus méritos o su capacidad profesional». Las demandas de CCC sostienen que «esta práctica vulnera el artículo 23.2 de la Constitución Española , al impedir el acceso a la función pública en condiciones de igualdad, y también el artículo 14, al introducir una discriminación por razón de lengua. Además, subrayan que en plazas de grupo C2 como las ahora impugnadas no consta justificación individualizada que permita elevar el nivel lingüístico hasta el B2 y que, por el contrario, la propia normativa de referencia contempla para categorías de esta naturaleza niveles inferiores, lo que refuerza el carácter arbitrario y desproporcionado de las bases recurridas». Convivencia Cívica Catalana recuerda asimismo que ya tiene impugnada en Amposta la convocatoria para cubrir un puesto de lampista, así como el procedimiento relativo a la plaza de limpiador de Batea , encontrándose ambos asuntos actualmente pendientes de sentencia. Con ello, la entidad mantiene abiertos varios frentes judiciales frente a convocatorias municipales que imponen requisitos lingüísticos abusivos para puestos que no los requieren en esos términos. Según Ángel Escolano , presidente de Convivencia Cívica, «el TSJC ha empezado a poner freno a una práctica que llevamos años denunciando. No se puede inflar arbitrariamente el nivel de catalán para cerrar el paso al empleo público a miles de ciudadanos. Cuando el requisito lingüístico se utiliza como mecanismo de exclusión y no como exigencia proporcionada al puesto, lo que hay no es normalidad administrativa, sino discriminación.» Convivencia Cívica Catalana confía en que los juzgados apliquen esta reciente doctrina del TSJC y declaren la nulidad de las convocatorias impugnadas. La entidad avanza que continuará recurriendo todas aquellas bases que conviertan la lengua en una herramienta de segregación y cierre del acceso al empleo público.
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