INFORMACION
Una sentencia del Tribunal Supremo de 2023 puso en alerta a miles de mutualistas, ya que dictaminó que los jubilados que cotizaron en las antiguas mutualidades profesionales entre 1967 y 1978 pueden reducir sus rendimientos del trabajo en la declaración de la Renta para evitar la doble tributación por sus aportaciones a estas mutualidades y que no pudieron deducirse en su momento.
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