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La DGT cambia los plazos de la ITV para algunos vehículos: introduce una diferencia entre los conductores de autocaravanas y los de furgonetas camperizadas | Collector
La DGT cambia los plazos de la ITV para algunos vehículos: introduce una diferencia entre los conductores de autocaravanas y los de furgonetas camperizadas
Cope Zaragoza

La DGT cambia los plazos de la ITV para algunos vehículos: introduce una diferencia entre los conductores de autocaravanas y los de furgonetas camperizadas

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado una actualización de la normativa que regula el uso de autocaravanas y furgonetas camperizadas. La nueva Instrucción PROT 2026/04 sustituye a la de 2023 para incorporar las últimas novedades normativas y adaptar la inspección técnica de vehículos (ITV) a los criterios del Ministerio de Industria y Turismo. Esta actualización también responde a la necesidad de ajustar la regulación a una interpretación del Tribunal Supremo sobre la convivencia de la legislación estatal y las ordenanzas municipales en materia de estacionamiento y acampada. El sector del caravaning ha experimentado un crecimiento sin precedentes en la última década. Desde 2015, el número de autocaravanas se ha casi triplicado, pasando de poco más de 48.000 a casi 137.000 unidades en la actualidad. Este auge se consolidó tras la pandemia, cuando la búsqueda de alternativas de viaje más seguras, autónomas y flexibles impulsó la matriculación de estos vehículos, afianzando su protagonismo en el sector turístico nacional. La principal novedad de la DGT es la actualización de los plazos de la Inspección Técnica de Vehículos, que ahora son diferentes para autocaravanas y furgones vivienda, más conocidos como camperizados. La distinción se basa en si el vehículo pertenece a la categoría M (autocaravanas) o a la categoría N (furgones vivienda). En el caso de las autocaravanas, los plazos para pasar la ITV son los siguientes: están exentas hasta los cuatro años de antigüedad, deben pasarla cada dos años entre los cuatro y los diez, y deberán hacerlo anualmente una vez superada la década. Sin embargo, para los camperizados, la frecuencia es más estricta. La inspección es anual hasta los diez años de antigüedad y pasa a ser semestral a partir del undécimo. La instrucción recuerda que las autocaravanas pueden parar y estacionar en las vías urbanas en las mismas condiciones que cualquier otro vehículo. Sin embargo, deben respetar las ordenanzas municipales que regulen esta materia. Esta potestad de los ayuntamientos está respaldada por una sentencia del Tribunal Supremo, que permite a las administraciones locales limitar los tiempos de estacionamiento o prohibir la acampada para "paliar los posibles efectos negativos que el estacionamiento prolongado podría causar en la fluidez y seguridad del tráfico". El objetivo es garantizar un uso equitativo de los aparcamientos y la seguridad vial. Finalmente, la DGT también recoge las nuevas regulaciones autonómicas sobre áreas de acogida, como las de Navarra, Extremadura o Madrid, y la creación de una nueva señal de tráfico. Se trata de la señal S-128, "Punto de vaciado de caravanas y autocaravanas", que indica dónde se pueden evacuar las aguas residuales de estos vehículos.

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