La Jornada
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la unidad de medida y actualización (UMA) debe utilizarse para el cálculo de obligaciones, entre ellas las de naturaleza penal, civil, mercantil, fiscal y administrativa, por lo que el pago de una indemnización por daño material a causa de muerte debe estimarse con base en ella, “ya que no tiene relación directa con la naturaleza del salario, por lo que debe desvincularse del mismo”.
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