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Pérez-Pozo, abogada: "Los mayores de 65 años pueden beneficiarse de exenciones fiscales muy interesantes si venden su vivienda habitual" | Collector
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Pérez-Pozo, abogada: "Los mayores de 65 años pueden beneficiarse de exenciones fiscales muy interesantes si venden su vivienda habitual"

La fiscalidad asociada a las herencias y la venta de inmuebles en España presenta numerosas claves que los contribuyentes deben conocer para optimizar la carga impositiva. Según explica Carmen Pérez-Pozo, abogada experta, existen estrategias legales y exenciones fiscales que marcan la diferencia, como la que beneficia a los mayores de 65 años al vender su vivienda habitual. Una de las preguntas más frecuentes es qué porcentaje de una herencia se queda Hacienda, y la respuesta varía drásticamente. "En España, el impuesto de sucesiones no es homogéneo, está cedido a las comunidades autónomas", señala Pérez-Pozo. Esto provoca que un hijo pueda pagar casi cero en regiones con altas bonificaciones, como Madrid o Andalucía, mientras que en otras la factura fiscal puede superar el 20% del patrimonio. Además de la comunidad, influyen factores como el grado de parentesco, el valor de los bienes heredados y el patrimonio previo del heredero. La abogada subraya la importancia de la anticipación: "Una herencia bien planificada en vida puede reducir de forma muy significativa el impacto fiscal y evitar situaciones en las que los herederos se ven obligados incluso a renunciar por no poder asumir los impuestos". Al heredar un inmueble, el impuesto de sucesiones es solo el principio. Pérez-Pozo advierte sobre una “segunda capa” de gastos que incluye la plusvalía municipal, que grava el incremento del valor del suelo, y los costes de notaría y registro de la propiedad. Por ello, desde su  despacho se insiste en la necesidad de analizar globalmente la herencia antes de aceptarla. Es crucial no confundir el Impuesto de Sucesiones con el IRPF por una futura venta. El primero se paga al recibir los bienes, fijando su valor de adquisición fiscal. Si más tarde se vende la propiedad, el IRPF gravará la ganancia patrimonial, es decir, la diferencia entre el valor declarado en la herencia y el precio final de venta. La normativa contempla importantes reducciones fiscales al heredar. Una de las más relevantes es la aplicable a la vivienda habitual del fallecido, que puede alcanzar hasta el 95% de su valor para cónyuges, hijos o ascendientes. Sin embargo, Pérez-Pozo recuerda que "estas ventajas fiscales suelen estar condicionadas", como la obligación de mantener la vivienda durante un plazo determinado que varía entre 3 y 10 años. En el caso de una venta, la clave está en la ganancia patrimonial, aunque existen exenciones relevantes. La más destacada es la que afecta a un colectivo concreto, sobre la que Pérez-Pozo afirma: "Los mayores de 65 años pueden beneficiarse de exenciones muy interesantes si venden su vivienda habitual". Junto a esta, también existe la exención por reinversión en vivienda habitual para el resto de contribuyentes. Para minimizar la carga fiscal, la experta insiste en que la palabra clave es planificación. "La mayor diferencia no está en el volumen del patrimonio, sino en si ha habido o no una estrategia previa", concluye. Herramientas como las donaciones en vida, testamentos adaptados o la reorganización de activos son fundamentales para proteger el patrimonio y asegurar la continuidad del proyecto familiar.

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