COPE
La noticia sobre Joan Vila Dilmé, conocido como el celador de Olot, ha vuelto a sacudir la actualidad. Condenado a 127 años y medio de prisión por el asesinato de 11 ancianos en la residencia La Caridad de Olot (Girona), ha iniciado en la cárcel su transición de género y, como consecuencia, ha sido trasladado a un módulo de mujeres en una prisión de Figueras. Este hecho ha reabierto un complejo debate sobre el derecho a la identidad de género, la seguridad en los centros penitenciarios y el posible uso fraudulento de la ley. Ante la noticia, la reacción de las familias de las víctimas ha sido clara. Jaume Dalmau, letrado de algunas de ellas, ha señalado que se trata de una decisión personal en la que no tienen mucho que decir. Sin embargo, ha subrayado la principal preocupación de sus representados: "A nosotros lo que nos interesa es que el señor o la señora Vila cumpla la condena que se le impuso, eso sí que nos interesa". Joan Vila Dilmé fue detenido el 18 de octubre de 2010 y posteriormente condenado por la Audiencia de Girona en 2013, una pena que confirmó el Tribunal Supremo. La sentencia describió cómo asesinó a sangre fría a 11 ancianos entre agosto de 2009 y octubre de 2010, utilizando métodos como la administración de sustancias corrosivas como la lejía, fármacos o sobredosis de insulina. Por la brutalidad y el número de víctimas, ha sido descrito como "el mayor asesino en serie de este siglo en España", aunque esta no sea una etiqueta judicial oficial. El traslado de Vila se ampara en la normativa de Cataluña, que establece que si una persona en prisión se identifica como mujer, la administración debe tenerlo en cuenta para su trato y ubicación, sin necesidad de informes médicos o psicológicos adicionales, a diferencia de lo que se exige en el resto de España. Fuentes penitenciarias aclaran que este cambio no implica por sí mismo ningún beneficio penitenciario ni una rebaja de la pena que cumple. El caso ha avivado la discusión sobre los controles existentes para evitar que la ley se utilice como una estrategia para obtener ventajas. En el programa 'La Tarde' de COPE, los periodistas Isabel Durán y Julio Llorente han manifestado sus posturas. Llorente ha expresado su escepticismo de base: "Yo niego la posibilidad de que una persona transicione de sexo", argumentando que la realidad biológica no puede ser alterada por el sentimiento o la identificación personal y que esta idea conduce a "atolladeros como el de este caso". Por su parte, la periodista Isabel Durán ha calificado la actual Ley Trans como una "atrocidad" y una "ley que no tiene ni pies ni cabeza", surgida de una "presión social brutal". Durán ha alertado sobre el drama que viven muchos menores y adolescentes, influenciados por redes sociales y sin las valoraciones médicas adecuadas, y ha criticado el papel de la industria farmacéutica. Ha recordado que otros países pioneros en estas legislaciones "han dado marcha atrás". Durán también ha señalado el riesgo de abusos, mencionando que ya "han salido más de 100 casos de personas que se han cambiado de sexo y que tienen condenas de violencia de género y de violencia grave". Ha puesto como ejemplo a agresores sexuales que, tras su condena, se declaran mujeres para ser trasladados a cárceles femeninas, una situación que ha descrito como meter "al zorro en el gallinero". Para aclarar las implicaciones legales, el catedrático de Derecho Penal Emilio Cortés ha explicado que la transición de género "no tiene que cambiar nada" en la condena. Según Cortés, el cambio de módulo es una "cuestión casi anecdótica" que responde a la intendencia del centro penitenciario y no debe suponer ningún beneficio. Además, ha destacado que el encargado del Registro Civil tiene la encomienda de vigilar que el cambio no se produzca con "ánimo de abusar del derecho o cometer fraude de ley". Cortés ha detallado que, con la ley actual, la administración penitenciaria tiene poco margen de maniobra. "Si aparece como mujer, pues tendrá que ir al módulo de mujer, no queda otra", ha afirmado, reconociendo que esto se aplica incluso a condenados por agresión sexual. Ha admitido que esto puede generar "problemas de convivencia", pero que la alternativa sería dejar a una mujer registral en un módulo de hombres, lo que generaría inseguridad jurídica. Finalmente, el catedrático ha ofrecido un matiz tranquilizador frente a los fraudes en casos de violencia de género. Ha explicado que existe un "cortafuegos específico": para determinar la aplicación de la ley de violencia de género, lo que cuenta es "el sexo que tenía el autor en el momento de la comisión del hecho delictivo". Por tanto, un hombre que maltrata a su pareja y luego cambia de sexo no podrá eludir una pena más grave, ya que "se le va a aplicar la legislación del momento de la comisión de los hechos".
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