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Algunas reformas en el hogar no solo mejoran la calidad de vida, sino que también pueden suponer un importante ahorro en la declaración de la Renta. El economista José María Páez explica que "hay reformas que no solo mejoran tu casa, también te devuelven dinero en la renta", y destaca que muchos contribuyentes las realizan sin saber que pueden beneficiarse de estas ayudas. Se trata de las deducciones por mejora de la eficiencia energética, un incentivo fiscal que permite recuperar parte de la inversión realizada en obras como el cambio de ventanas, la mejora del aislamiento o la instalación de sistemas de calefacción más eficientes. El sistema de deducciones se estructura en tres tramos progresivos, diseñados para incentivar mejoras energéticas de distinto calibre. El primer nivel permite una deducción del 20% de lo invertido, con una base máxima de 5.000 euros. Para acceder a él, es necesario que las obras consigan una reducción de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda. Esto se puede lograr, por ejemplo, mejorando el aislamiento térmico de paredes y techos. El segundo tramo eleva el beneficio fiscal de forma considerable. La deducción asciende al 40% de la inversión, sobre una base máxima de 7.500 euros. Los requisitos para alcanzar este nivel son más exigentes: las obras deben lograr una reducción del consumo de energía primaria no renovable de un 30% o, alternativamente, mejorar la calificación energética de la vivienda hasta obtener una clase A o B. Finalmente, el tercer tramo está pensado para actuaciones a gran escala que afectan a toda la comunidad de propietarios. Si las obras de eficiencia energética se realizan en el edificio completo, la deducción alcanza el 60% para cada propietario. En este caso, el límite de la base de deducción es de 5.000 euros por vivienda, pero se establece un máximo acumulado de 15.000 euros por contribuyente a lo largo de los años en que se aplique. Para poder aplicar estas deducciones, es fundamental cumplir con una serie de condiciones. En primer lugar, el incentivo se aplica exclusivamente a la vivienda habitual o alquilada como tal, quedando excluidos los locales comerciales, oficinas o apartamentos turísticos. El requisito más importante, y a menudo el más olvidado, es la necesidad de acreditar la mejora obtenida. La normativa exige disponer de un certificado de eficiencia energética emitido por un técnico competente después de la realización de las obras. Este documento es la prueba fehaciente de que la reforma ha cumplido su objetivo de reducir el consumo energético. Como advierte el economista, "sin ese certificado, no hay deducción". Por tanto, es imprescindible solicitar un certificado previo al inicio de las obras y otro al finalizarlas para poder comparar los resultados y justificar la mejora ante la Agencia Tributaria. Los contribuyentes interesados en realizar este tipo de obras deben saber que estas deducciones están vigentes hasta el año 2025. Por ello, si se está planeando una reforma, es crucial calcular previamente si la inversión puede acogerse a alguno de los tramos mencionados. Según Páez, tener en cuenta este beneficio fiscal "puede marcar la diferencia real en tu renta", convirtiendo una obra de mejora en una inversión aún más rentable.
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