COPE
El Estatuto de los Trabajadores contempla, en su artículo 37, una serie de permisos retribuidos que permiten a los empleados ausentarse de su puesto de trabajo sin que ello afecte a su salario. Entre los más conocidos se encuentran el permiso por matrimonio o el de mudanza, pero existen otros diseñados para garantizar la conciliación en momentos de especial necesidad familiar, como es el caso de la hospitalización de un familiar. A pesar de que la normativa es relativamente clara, persisten muchas dudas sobre cómo y cuándo se pueden disfrutar estos permisos. Para arrojar luz sobre esta cuestión, el abogado laboralista Ignacio de la Calzada, conocido por su labor divulgativa en redes sociales, ha detallado los aspectos fundamentales del permiso por hospitalización, un derecho que ampara a todos los trabajadores por cuenta ajena y que se extiende por un periodo de cinco días laborables. Este derecho está pensado para el cuidado de familiares de hasta segundo grado, lo que incluye a padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos. Según aclara De la Calzada, este vínculo se extiende también a la familia política en caso de matrimonio o registro como pareja de hecho. Es fundamental entender que los cinco días corresponden a días laborables para el trabajador, y el cómputo se inicia el primer día hábil tras el ingreso. “Si hospitalizan a un familiar en un domingo y no trabajas, el primer día es el lunes”, ejemplifica el experto. Una de las claves más importantes es la flexibilidad en su disfrute. El abogado subraya que no es obligatorio comenzar el permiso justo cuando se produce la hospitalización. “No necesariamente tienes que cogerlo cuando empiece la hospitalización, puedes iniciar el permiso en cualquier momento mientras esté ingresado”, explica. Esto otorga al trabajador la capacidad de gestionar los días según las necesidades del familiar. Además, la duración del permiso es de cinco días completos, independientemente de si el convenio colectivo de la empresa establece un periodo inferior. Como confirma el letrado, “dura 5 días, diga lo que diga tu convenio colectivo, el Estatuto está por encima siempre que lo mejore”. De este modo, la ley prevalece si ofrece mejores condiciones para el empleado. Otro aspecto fundamental que muchos trabajadores desconocen es que el permiso no finaliza automáticamente con el alta hospitalaria del familiar. Si la persona necesita cuidados y reposo en su domicilio, el trabajador puede seguir haciendo uso de los días que le correspondan hasta agotar el permiso. Este punto es crucial, ya que la recuperación a menudo se prolonga en casa. Ignacio de la Calzada insiste en esta idea para evitar malentendidos con las empresas: “El alta hospitalaria no implica que ya esté recuperado, sino que puede necesitar reposo domiciliario y, si lo acreditas, puedes gastar todo el permiso”. Para ello, es imprescindible contar con un justificante médico que acredite dicha necesidad de reposo. Para solicitar este derecho de forma correcta, el abogado recomienda hacerlo siempre por escrito, adjuntando tanto el justificante del ingreso hospitalario como el documento que acredite la necesidad de reposo domiciliario, si fuera el caso. Esta formalidad es una garantía para el trabajador en caso de que surjan discrepancias con la empresa. Si la compañía se niega a conceder el permiso a pesar de haber presentado la documentación pertinente, De la Calzada es tajante en su recomendación. Aconseja al trabajador disfrutar de su derecho igualmente y, de forma paralela, presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo. “Si tu empresa te lo niega, yo que tú pondría una denuncia a inspección de trabajo y, si lo has justificado, lo cogería. Así que no te engañen”, concluye.
Go to News Site