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Un juzgado de Madrid ratifica el confinamiento obligatorio para los españoles del barco afectado por hantavirus | Collector
Un juzgado de Madrid ratifica el confinamiento obligatorio para los españoles del barco afectado por hantavirus
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Un juzgado de Madrid ratifica el confinamiento obligatorio para los españoles del barco afectado por hantavirus

Los españoles a bordo del crucero MV Hondius, procedente de Ushuaia (Argentina), afectado por un brote de hantavirus, tendrán que pasar un confinamiento obligatorio en cuanto pisen nuestro país. La cuarentena, por tanto, no será «voluntaria», como aseguraba hace un par de días la ministra de Defensa, Margarita Robles . Para evitar que cualquier pasajero pueda rebelarse contra el aislamiento sanitario previsto, la magistrada en funciones de guardia de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid, Raquel Robles González, ha ratificado este sábado las medidas de cuarentena adoptadas por las autoridades sanitarias para los pasajeros y tripulantes españoles o residentes en España. Además, dada la naturaleza urgente de la ratificación de la medida y de la existencia de riesgo para la salud pública, el auto se ha dictado sin traslado previo a los posibles afectados. La Abogacía del Estado envió este sábado un escrito al Juzgado en funciones de Guardia por el que se solicita autorización y ratificación judicial de las medidas adoptadas en la 'Orden por la que se notifican las medidas de cuarentena a las que deben someterse las personas afectadas por el evento sanitario declarado en el buque MV Hondius procedente de Ushuaia ( Argentina ) el 1 de abril de 2026 a su llegada a España afectados por el hantavirus' de fecha 8 de mayo de 2026 . La resolución avala el internamiento de los afectados en «habitaciones individuales» del Hospital Central de la Defensa Gómez Ulla de Madrid «durante un periodo de siete días naturales desde el despliegue de efectos de esta orden». La magistrada considera que la medida, a la vista de los informes aportados y del informe del Médico forense emitido en este procedimiento, resulta «adecuada, necesaria e idónea para controlar la enfermedad y prevenir su expansión la forma de contagio , y aparece también proporcionada al riesgo grave , inminente y extraordinario que supondría la propagación por contagio , máxime cuando el tiempo de aislamiento fijado no puede tampoco considerarse excesivo o prolongado».

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