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El Supremo fija que la pensión por incapacidad se cobra desde que se acreditan las limitaciones
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El Supremo fija que la pensión por incapacidad se cobra desde que se acreditan las limitaciones

El Tribunal Supremo ha confirmado que en los casos donde la incapacidad permanente se reconoce por un juzgado, después de haber sido denegada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el cobro de la pensión no tiene por qué empezar desde la primera revisión médica o informe del INSS.

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