Ultima Hora Mallorca
«No toda desobediencia a la empresa es sancionable». El TSJIB da la razón a una trabajadora que fue despedida por negarse a volver a su puesto de trabajo presencial cuando vivía en Mallorca y teletrabajaba y la empresa la quería forzar a trasladarse a Barcelona. La empleada prestaba servicios de atención telefónica al cliente desde hacía dos años. Cuando rechazó trasladarse a Barcelona, la empresa le aplicó una sanción disciplinaria por lo que justificaron como faltas reiteradas al trabajo. Sin embargo, para el tribunal no fue así: la trabajadora se mantuvo conectada durante meses en su puesto en remoto y cumplió con su horario mientras intentaba combatir por los cauces reglamentarios la decisión. Solo dejó de trabajar cuando fue desconectada y más tarde, despedida.
Go to News Site