INFORMACION
La sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por el Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura (SCRATS) contra el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprobó el Plan Hidrológico del Tajo, que contempla el aumento de los caudales ecológicos del río y que supondrá, a juicio de los regantes, el recorte en un 50 % de las aportaciones anuales de la cabecera del Tajo a Alicante, la Región de Murcia y Almería una vez que se validen las nuevas reglas de explotación del acueducto, que deben adaptarse a ese plan de cuenca.
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