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Muchos españoles se están viendo afectados por una situación que ni los expertos entienden. Un fenómeno que se está produciendo alrededor de la jubilación anticipada y es que muchas personas están viendo como la Seguridad Social se la deniega por un motivo que, si se analiza la legislación vigente, cuesta entender. Pero sobre todo, que está afectando a individuos que realmente pueden llegar a pasa por dificultades. Para arrojar luz sobre estos casos tan polémicos y que están generando cierta preocupación nada mejor que escuchar a los expertos. Y en este caso, a Alfonso Muñoz, una de las personas que mejor entiende todo lo que afecta a las pensiones en España. Este funcionario de la Seguridad Social analiza casos reales de personas afectadas por cuestiones como la que ahora interesa a miles de españoles por lo que está sucediendo con la jubilación anticipada voluntaria, una de las dos vías que hay en nuestro sistema para dejar de trabajar antes de tiempo. «En España existen varios formatos de jubilación anticipada. Las más comunes son la jubilación anticipada involuntaria y la voluntaria» explica Alfonso Muñoz a través de uno de sus didácticos vídeos. «La involuntaria se puede solicitar hasta 4 años antes de nuestra edad de jubilación ordinaria. Se requiere tener al menos 33 años cotizados, que el cese laboral se haya producido por causas no imputables al trabajador (como un despido objetivo, un despido objetivo o una resolución judicial) y que el trabajador lleve, al menos, 6 meses como demandante de empleo». Sin embargo, la situación que está generando una gran polémica es la otra vertiente de este camino: «Por otra parte, la jubilación anticipada voluntaria se puede solicitar dos años antes de la edad de jubilación ordinaria. Se requiere tener al menos 35 años cotizados y que el importe de la pensión resultante a percibir sea superior a la cuantía mínima que le correspondería recibir al interesado en función de su situación familiar al cumplimiento de los 65 años». Y tal y como explica este especialista, es ahí donde reside el problema a analizar, el muro contra el que se están chocando muchos trabajadores: «Este último requisito está dando lugar a la denegación de muchas jubilaciones anticipadas voluntarias». Para entender mejor lo que está sucediendo, Alfonso Muñoz expone un caso práctico real de una persona que no ha podido acceder a su jubilación anticipada voluntaria. «Se trata de un trabajador con 63 años de edad y 40 años cotizados que convive con su esposa que no trabaja ni es pensionista. El importe de su jubilación sería 1.058 euros mensuales», empieza explicando Alfonso Muñoz. A priori, esta persona podría seguir adelante con su deseo: «Por los años cotizados, podría jubilarse a los 63 años. Pero no cumple el requisito de la cuantía mínima». «La pensión mínima en 2025 para un pensionista en esta situación familiar, con cónyuge, pero sin estar a su cargo, es de 830 euros». El experto continúa ofreciendo el resto de datos. «Pensionista sin cónyuge, es decir, soltero, divorciado o viudo, la pensión mínima son 874,40 euros. Y pensionista con cónyuge a cargo son 1.127,60 euros». Llegados a este punto, lo siguiente que hay que conocer es qué entiende la Seguridad Social por cónyuge a cargo: «Cuando este convive con el pensionista sin percibir pensión y cuando los rendimientos de cualquier naturaleza del pensionista y de su cónyuge, exceptuando el importe de la pensión, sean inferiores a 10.723 euros anuales». El funcionario regresa para analizar este caso práctico con los datos de su cliente: «Hemos visto que este trabajador convive con su esposa, que no tiene pensión, que no tiene ingresos... Es decir, que según la normativa actual, estaría a su cargo. Por lo tanto, al tener cónyuge a cargo, el límite para acceder a la jubilación anticipada voluntaria debe ser que el importe de su pensión resultante sea superior a los 1.127,60 euros. Por lo tanto, estaría por debajo de la que le correspondería al tener cónyuge a cargo. Ese es el motivo de la denegación». «Si la unidad de convivencia tuviera ingresos superiores a los 10.723 euros anuales se consideraría que el pensionista no tiene cónyuges a su cargo y por tanto el límite para poder acceder a la jubilación sería de 830 euros y en este caso sí tendría derecho a acceder a la jubilación anticipada de 1.058 euros mensuales». Esta es una situación contra la que están chocando muchos españoles y que casi nadie entiende. Pero tal y como explica Alfonso Muñoz, simplemente es la ley, y eso no quiere decir que esté bien o mal, simplemente es la norma a seguir: «¿Cómo es posible que un pensionista que no tiene cónyuge a cargo porque está trabajando o tiene un ingreso superior se le conceda la pensión de jubilación anticipada y a un pensionista que no tiene un ingreso y que su mujer no trabaja se le deniegue? Así son las cosas y así la hemos contado».
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