El Plural
Una de las novedades aprobadas en Consejo de Ministros este mes de mayo fue la ampliación de la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI), una normativa que ahora garantiza que la voz de los menores en el centro de procesos jurídicos familiares y prohíbe el Síndrome de Alineación Parental (SAP). No obstante, esta nueva realidad choca con un problema más complejo: la saturación del sistema judicial, saber equilibrar la balanza entre escuchar y proteger y la vulnerabilidad de las generaciones más pequeñas ante el mundo digital y todos los riesgos que éste conlleva. El Ministerio de Juventud e Infancia de Sira Rego impulsó esta ley para garantizar la escucha de los menores en estos procesos, marcando así la obligatoriedad de contar con su testimonio a la hora de tomar una decisión final, tanto en cuestiones de divorcio como de casos de violencia; también desde la perspectiva del auge de deepfakes y los peligros que navegan en las redes sociales. Son muchas y variadas las aristas que pueden abordarse en torno a esta cuestión. La abogada y experta en Derecho de Familia, Delia Rodríguez, desgrana en una entrevista con ElPlural.com las claves de una normativa que, a simple vista, es complejo descifrar cómo se aplicará en casos reales. La letrada habla expresamente de "un desplazamiento del foco", es decir, la voz de la infancia será el quid de la cuestión al dejar de ser un "elemento periférico del conflicto familiar para convertirse en el verdadero eje de protección del sistema". En el escenario más visual, un divorcio, los niños no son un daño colateral sobre los que los adultos deciden, sino que pueden actuar como "titulares de derechos propios" con impacto emocional. Rodríguez ahonda en que la necesidad del menor a ser escuchado no nace como novedad de esta ley, puesto que este factor ya existía, sino que sitúa el foco en cómo se va a aplicar en el día a día y, por ende, si el sistema jurídico nacional cuenta con las herramientas para llevarlo a cabo. "El riesgo es convertir la protección de la infancia en un discurso bienintencionado pero difícil de materializar", advierte. Una de las claves en este proceso de escucha es tener en cuenta la edad del menor: no es lo mismo un niño de seis años que un adolescente de catorce, por lo que se apunta a tener en cuenta su "etapa evolutiva, capacidad de comprensión y situación emocional". En este punto, también se hace inciso en una cuestión que puede llevar a confusión: "Escuchar no significa trasladar al menor el peso de la decisión. El niño no debe asumir el papel de juez de sus padres", señala. "Muchos menores necesitan sentirse escuchados, comprendidos y reconocidos dentro de procedimientos que afectan directamente a su vida cotidiana y a sus vínculos afectivos. Existe una fina línea entre escuchar al menor y sobreexponerlo al conflicto judicial. Corremos el peligro de convertir a niños y adolescentes en protagonistas involuntarios...
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