ABC
Circular con la ITV caducada puede acabar en una multa de 200 euros, pero lo que no mucha gente sabe es qué ocurre cuando el vehículo no está circulando, sino estacionado en la calle. Situaciones como esta pueden ser confusas incluso para los agentes de tráfico, y una reciente sentencia ha vuelto a dar la razón a un conductor sancionado en estas circunstancias. El caso procede del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Oviedo, que ha anulado una sanción impuesta a un vehículo con la ITV caducada. La multa, de 200 euros, había sido tramitada después de que la Policía Local denunciara al coche pese a que no estaba circulando en ese momento, sino estacionado. Según el criterio del juez, la Ley de Tráfico sanciona circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas reglamentarias o las normas relativas a la inspección técnica, pero no contempla con la misma claridad el supuesto de un coche simplemente aparcado en la vía pública. No es la primera vez que un tribunal se pronuncia en este sentido. En 2023, una juez de Pamplona ya anuló otra multa de 200 euros impuesta a un vehículo sin ITV porque tampoco estaba circulando, sino estacionado. Ahora bien, si un vehículo está estacionado con la ITV caducada, lo normal es que en algún momento tenga que circular, como mínimo, para desplazarse hasta la estación donde vaya a pasar la inspección. En ese caso, conviene llevar siempre la cita previa o el justificante correspondiente para acreditar ante los agentes que el trayecto se está realizando únicamente con ese fin.
Go to News Site