Diario CÓRDOBA
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dado la razón a un trabajador del Ayuntamiento de Córdoba que reclamaba el cobro del premio de jubilación previsto en el convenio colectivo municipal después de jubilarse de manera anticipada con 63 años. En primera instancia, el Juzgado de lo Social número 5 de Córdoba había rechazado su demanda, al considerar que la normativa estatal impedía compatibilizar ese incentivo económico con la percepción de la pensión de jubilación.
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