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Miriam, abogada: "Mucho cuidado con darte de alta un año como autónomo en España con la finalidad de que te reconozcan una pensión de jubilación" | Collector
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Miriam, abogada: "Mucho cuidado con darte de alta un año como autónomo en España con la finalidad de que te reconozcan una pensión de jubilación"

La abogada Miriam Ruiz, conocida por su canal de divulgación jurídica en TikTok, ha lanzado una seria advertencia a través de un vídeo en su cuenta @compromisolegal. En él, alerta sobre los riesgos de darse de alta como autónomo en España por el período mínimo de un año con el único objetivo de acceder a una pensión de jubilación gracias a los convenios internacionales. Ruiz expone el caso real de una persona que, tras haber cotizado en Venezuela, se dio de alta un año en España para solicitar la prestación y ahora se enfrenta a una investigación. Detrás de la cuenta de TikTok se encuentra Miriam Ruiz, una abogada española que se ha especializado en la divulgación de contenido jurídico y asesoría legal. A través de esta plataforma, explica de forma sencilla temas complejos relacionados con pensiones, jubilaciones, incapacidad laboral permanente y subsidios de la Seguridad Social. Su despacho físico, Compromiso Legal Abogados, está ubicado en Bolaños de Calatrava (Ciudad Real). España mantiene convenios en materia de seguridad social con numerosos países, como Venezuela. Estos acuerdos permiten sumar los periodos cotizados en ambos territorios para acceder a prestaciones. Como regla general, para obtener una pensión de jubilación en España bajo uno de estos convenios, se exige haber cotizado un mínimo de 15 años en total y, de manera específica, al menos un año en España. Sin embargo, la abogada subraya que limitarse a cotizar exclusivamente ese año mínimo puede ser contraproducente. "Si te limitas a cotizar única y exclusivamente ese año que te exigen en España, es muy posible que levantes las sospechas de la inspección de trabajo", afirma Ruiz en su vídeo. Esta práctica es vista con recelo por la administración, que puede interpretarla como un intento de fraude. En el caso expuesto, la persona cotizó el mínimo de un año, se dio de baja como autónomo y solicitó la pensión. La Seguridad Social, al considerar que ese año cotizado podría ser fraudulento, trasladó el expediente a la Inspección de Trabajo. Ahora, el organismo ha requerido al solicitante "todas las declaraciones trimestrales y anuales de impuestos para verificar si realmente realizaba una actividad por cuenta propia o no", una de las dificultades habituales para los trabajadores autónomos. Si la Inspección concluye que el periodo fue fraudulento, anulará las cotizaciones. Como consecuencia, la Seguridad Social denegará la pensión de jubilación, ya que el solicitante no cumpliría el requisito de tener un periodo cotizado en España. Esta situación se da en un contexto donde, por otro lado, se buscan fórmulas para ampliar la flexibilidad en la jubilación de los autónomos. Miriam Ruiz insiste en la importancia de no intentar engañar a la Seguridad Social. "Es muy importante no intentar hacer ningún tipo de engaño en estos temas a la seguridad social, porque ya podéis ver que se dan cuenta", recalca. La letrada concluye con una recomendación final para quienes busquen acceder a una pensión en España a través de esta vía. La abogada finaliza su exposición con un consejo directo y claro para evitar problemas legales y la denegación de la prestación: "Si vais a cotizar en España para conseguir una pensión de jubilación, que sea porque realmente vais a trabajar". El mensaje subraya que la cotización debe ser el resultado de una actividad económica real y no un mero trámite administrativo para obtener un beneficio.

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