Faro de Vigo
Si hay algo que todo juzgado de Familia prioriza a la hora de conceder la custodia, el régimen de visitas o pensión de alimentos, entre otras medidas, es el interés superior del menor, una salvaguarda que en esta ocasión está por encima de las peticiones reflejadas por el padre y madre en la demanda . Y es que la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha adoptado una decisión poco habitual en un procedimiento de divorcio al intervenir de oficio para garantizar la continuidad del tratamiento psicológico de un menor con altas capacidades, atribuyendo en exclusiva a la madre la facultad de decidir sobre su atención en salud mental sin que esto fue objeto de debate en el procedimiento. «Es esta una decisión particularmente necesaria, que se encaja en las medidas que de oficio el tribunal considera imprescindible tomar», señala el fallo.
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