Faro de Vigo
Tras la sentencia firme de una magistrada de lo Social de Ourense que condena a la CIG a indemnizar con 15.000 euros a una trabajadora del sindicato —la jueza reconoce a la empleada el derecho a una reducción y concreción de jornada para adaptarla al cuidado de sus dos hijos menores—, la Confederación Intersindical Galega subraya, pese a las consideraciones de la togada, que «en ningún momento se lle denegou a redución da xornada nin a concreción horaria á traballadora». La organización sindical esgrime que su propio estatuto de personal «recolle dereitos de conciliación, de redución de xornada e concreción horaria superiores aos que estabelece a normativa en vigor».
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