Cope Zaragoza
Muchos trabajadores con una larga trayectoria en su empresa se plantean en algún momento un cambio de aires, pero se encuentran con un gran obstáculo: si se van voluntariamente, pierden sus derechos. Una baja voluntaria implica renunciar tanto a la prestación por desempleo como a una posible indemnización por despido. Sin embargo, existe una fórmula legal para articular una salida pactada que permita al empleado conservar estos derechos, como explica el abogado laboralista Víctor Salazar. La figura clave en este proceso es el acuerdo transaccional. Según Salazar, se trata de la vía "más legal posible" para resolver la situación. Consiste en un pacto privado entre los abogados del trabajador y de la empresa que es jurídicamente vinculante. "Entre profesionales, dos abogados representando a trabajador y empresa, pueden plasmar un acuerdo transaccional", señala el experto. Este escenario se produce cuando la continuidad del empleado en la compañía se ha vuelto "inviable" por cualquier motivo. Este tipo de pactos se fundamentan en la negociación y la cesión mutua. "Esos acuerdos transaccionales se dan cuando la situación ha llegado a un momento en que ambas partes van a ceder algo", detalla Salazar. Por ejemplo, es habitual que el trabajador acepte recibir una indemnización inferior a la que le correspondería en un despido improcedente a cambio de poder acceder a la prestación por desempleo y cerrar su etapa en la empresa de forma amistosa. Para que el pacto tenga plenos efectos, no basta con el documento privado. Es imprescindible que se haga público y oficial. El abogado explica que "ese acuerdo transaccional se eleva a público y notorio en un acta en el CMAC", el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación, o bien directamente en el juzgado. Este paso es el que otorga validez al proceso de cara a la administración pública. La clave de este procedimiento reside en que, al formalizarlo, "la empresa reconoce un despido y una indemnización". Al no tratarse de una baja voluntaria, sino de un despido indemnizado reconocido por la compañía, el trabajador tiene la puerta abierta para solicitar y percibir la prestación por desempleo. "Ahí sí, porque hay indemnización", recalca el letrado, subrayando que la existencia de una compensación económica es la condición indispensable. Finalmente, es fundamental diferenciar esta vía legal de otras prácticas fraudulentas que pueden acarrear graves consecuencias. Salazar advierte sobre simulaciones de despido, como el caso en que la empresa pacta con el trabajador que este deje de acudir a su puesto para poder justificar un despido disciplinario por ausencias. Esta práctica constituye un fraude tanto a la Seguridad Social como al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y debe ser completamente evitada.
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