Cope Zaragoza
El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso presentado por el Real Madrid contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que afecta directamente a la celebración de espectáculos en el estadio Santiago Bernabéu. La decisión, adoptada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo con fecha de 10 de junio de 2026, supone un revés para el club y da un nuevo impulso a la causa de los vecinos afectados. La batalla judicial se inició cuando la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu solicitó al Ayuntamiento de Madrid que clarificara si el Plan Especial de mejora del medio urbano y las licencias de obra amparaban la celebración de conciertos. Los vecinos sostenían que dichos permisos, otorgados para la reforma del estadio, no incluían la organización de eventos musicales a gran escala. Ante la desestimación presunta de su petición por silencio administrativo, la asociación vecinal decidió llevar el caso a los tribunales. Sin embargo, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 31 de Madrid inadmitió el recurso en junio de 2025, argumentando que el acto recurrido no era impugnable y que la competencia para autorizar esos espectáculos extraordinarios correspondía a la Comunidad de Madrid, según había señalado la propia Agencia de Actividades del Ayuntamiento. La asociación no se rindió y apeló la decisión. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) les dio la razón en una sentencia clave del 24 de noviembre de 2025. El TSJM estimó el recurso de los vecinos y ordenó al juzgado de primera instancia que admitiera el recurso y entrara a analizar el fondo del asunto, un punto crucial que abría la puerta a un debate sobre la legalidad de los conciertos. Fue contra esta sentencia del TSJM que el Real Madrid Club de Fútbol preparó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, con el objetivo de anularla. Ahora, la inadmisión de dicho recurso por parte del alto tribunal convierte la decisión del TSJM en firme y agota la vía de recurso del club en esta fase del proceso. Con este auto del Supremo, las actuaciones regresan al punto de partida, pero en un escenario completamente nuevo. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 31 de Madrid está ahora obligado a estudiar y decidir sobre la reclamación original de los vecinos, es decir, si el Ayuntamiento de Madrid actuó correctamente al desestimar de forma presunta su solicitud sobre los conciertos en el Santiago Bernabéu.
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