Las claves del auto de un juez de Córdoba que puede revolucionar las conexiones piratas al fútbol

Las claves del auto de un juez de Córdoba que puede revolucionar las conexiones piratas al fútbol

El titular del Juzgado de lo Mercantil de Córdoba , Antonio Fuentes, ha dictado un auto que puede revolucionar las conexiones piratas de La Liga de fútbol en domicilios particulares y en establecimientos públicos. En esta resolución judicial a petición del ente deportivo el magistrado accede a abrir el melón solicitando a las principales compañías de telefonía que operan en territorio nacional las identificaciones de las direcciones IP que presuntamente accedan a retransmisiones ilegales de partidos de fútbol mediante sistemas como 'Ace Stream'. El fin último es obtener esos datos para preparar futuras acciones judiciales por infracción a los derechos de propiedad intelectual. El auto judicial con 13 páginas comienza exponiendo que «el acceso a las retransmisiones ilícitas vía internet se produce de forma ubicua en todo el territorio nacional, por lo que no es posible determinar un lugar exacto de generación del hecho infractor». Sin embargo, el juez subraya que «existen indicios de acceso a dichas retransmisiones en puntos de la provincia de Córdoba, lo que determina la competencia territorial de este Juzgado de lo Mercantil«. El magistrado Fuentes no es ajeno a la dificultad de poner coto a un supuesto ilícito penal en la red. El concepto de 'ejemplar ilícito', apostilla en esta resolución judicial, «debe interpretarse de manera amplia y adaptada a la realidad social, incluyendo no solo soportes físicos sino también 'ejemplares virtuales' con contenido audiovisual». De este modo, el auto plasma igualmente cómo «en infracciones cometidas vía internet, al resultar muy dificultoso fijar el lugar del hecho dañoso, puede optarse por un fuero territorial electivo que garantice una mejor protección del perjudicado« Y en cualquier caso, matiza Fuentes, «la eventual 'universalidad de la competencia' constituye, en todo caso, un mal menor frente a la necesidad de asegurar una protección eficaz de los derechos de propiedad intelectual». ¿Cómo se pretende poner coto a estos enjambres de servidores que lanzan la emisión de los partidos? El sistema avanzado de tecnología P2P (Ace Stream) genera un 'enjambre de servidores' de forma que cada usuario que se conecta para visualizar las retransmisiones actúa, aun de forma eventualmente inconsciente, señala el juez «como parte de la red de retransmisión de la señal, potenciando y mejorando la calidad de la misma, situándose de facto como parte del conglomerado técnico para la distribución de contenido ilícito«. Es posible, desde un punto de vista técnico y jurídico, que un usuario que accede a la señal ilícita desde Córdoba pueda estar actuando como infractor, al participar en la distribución del contenido , recuerda este mismo auto. Es decir, abunda en esta cuestión, «si un usuario de la señal ilícita se conecta en la provincia de Córdoba para visualizar dicha señal, pueda, reitero, pueda, estar realmente actuando como infracto r y por tanto la infracción se podría estar cometiendo desde la provincia de Córdoba, cierto es que también desde otros lugares, pero uno de ellos podría ser Córdoba, con lo que también por esta conexión territorial sería competente este juzgado« En todo caso, estas primeras diligencias que ha ordenado practicar desde este Juzgado de lo Mercantil 1 de Córdoba aclaran que «con esta resolución no declara la responsabilidad de ningún usuario, sino que habilita el acceso a la información necesaria para, en su caso, preparar un procedimiento judicial». Sobre los indicios y la proporcionalidad de la medida, la misma resolución, facilitada a ABC por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) expone que la existencia de informes técnicos aportan 'indicios razonables' de que determinados usuarios podrían estar poniendo a disposición o difundiendo indirectamente esos contenidos protegidos sin autorización, y añade, por tanto que «la medida es proporcional, al no existir otra vía menos invasiva para identificar a los sujetos que participan en el entramado técnico descrito». De este modo, concluye que el acceso a datos básicos de identificación de titulares de direcciones IP no vulnera la normativa de protección de datos ni derechos fundamentales, siempre que la solicitud esté justificada y amparada en norma legal«. ¿Por cuánto tiempo pueden vigilar judicialmente las IP de acceso a los partidos de fútbol? Sobre la duración de la medida, el juez aclara que «dado que el acceso a los partidos no es estático y los usuarios pueden variar en cada jornada, resulta más eficaz autorizar la medida para todas las jornadas del campeonato nacional de liga profesional». De este modo, el auto permite que la extensión de las diligencias preliminares se prolonguen durante lo que resta de la temporada 2025/26, hasta el 24 de mayo de 2026 . El juez concluye en su auto que por estas razones se estiman las diligencias preliminares solicitadas por La Liga y «se requiere a los principales operadores de telecomunicaciones (Vodafone, MasOrange —incluyendo Orange y MásMóvil—, Digi y Telefónica para que faciliten los datos identificativos de los titulares de las direcciones IP señaladas«, recoge expresamente el auto judicial. Los operadores deberán entregar a La Liga un fichero con nombre y apellidos del titular del contrato, dirección postal de instalación y facturación, documento identificativo (NIF/NIE u otro) y dirección de correo electrónico. En cuanto a la seguridad del uso de estos datos, el juez recoge que «la medida deberá cumplirse por las entidades citadas desde la entrega de los ficheros por la instante en el plazo más breve posible , haciendo uso del canal seguro que se acuerde entre ambas o en caso de no llegar a un acuerdo mediante la entrega a través de este juzgado de forma presencial entre representantes de todas las entidades de los soportes en formato digital que contengan los datos requeridos y la identificación de los mismos por una y otra parte«. Como aclaración, además, el juez recuerda que la información obtenida de las empresas de telefonía se utilizará exclusivamente para la tutela jurisdiccional de los derechos de propiedad intelectual, quedando prohibida su divulgación o comunicación a terceros.

Alumnos toledanos, listos para actuar en emergencias vitales

Alumnos toledanos, listos para actuar en emergencias vitales

Trescientos alumnos de los colegios 'Santa Teresa', 'Alfonso VI' y del instituto de Secundaria 'Sefarad' han participado en la mañana de este jueves en la II Jornada de Prácticas de Reanimación Cardiopulmonar , organizadas por el Ayuntamiento de Toledo en colaboración con la Asociación Amigos de Dani (Amidan). En la explanada de las escaleras mecánicas de Recaredo, Amidan ha colocado maniquíes de RCP (simuladores de torso), por los que han ido pasando los estudiantes para realizar compresiones torácicas de primeros auxilios o maniobra de Heimlich, un ejercicio en el que les han acompañado tres enfermeras de la UCI del Hospital Universitario de Toledo, colaboradoras de Amidan. «A los niños les ha resultado muy divertido y aprenden a salvar vidas «, ha manifestado Carlos Cid, presidente de Amidan, una asociación sin ánimo de lucro creada tras el trágico accidente de su hijo Dani hace seis años. »Entonces dije que la muerte de mi hijo tenía que servir para algo, que no nos nos podíamos quedar en el en el dolor y en la pena. Y formé esta asociación, me rodeé de un equipazo de amigas, enfermeras de UVI, porque casualmente yo trabajo en el hospital. También de unos socios maravillosos y la idea era enseñar Reanimación Cardiopulmonar a todo el mundo«. La actividad de este jueves se ha centrado más en los niños, pero cualquier asociación o entidad que esté interesado en aprender estas maniobras pueden ponerse en contacto con Amidan. Carlos Cid ha agradecido al concejal de Educación, Daniel Morcillo y al Colegio de Enfermería la oportunidad que le han ofrecido para desarrollar este taller. Daniel Morcillo por su parte ha reiterado la importancia de esta formación pues «muchas veces pensamos que nunca nos va a tocar, pero si hay alguien que sepa actuar o nos va a tocar como testigos hay que saber actuar con rapidez y eficacia; hacer una una reanimación cardiopulmonar es la línea entre la vida y la muerte y entonces entendemos que es algo básico que no solamente deberían saberlo los niños, sino todos», ha concluido. El taller se ha desarrollado con motivo de la celebración, el 14 de febrero, del Día de las Cardiopatías Congénitas.

Una caída irregular deja a Lucas Eguibar fuera de la lucha por las medallas

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Lucas Eguibar proclamaba que pensaba en el oro porque es de esos deportistas que piensa que hay que poner el foco a lo máximo para lograr un éxito que esté en un punto del camino que distancia al todo de la nada. Pero el donostiarra, consciente de que estos Juegos Olímpicos eran una prórroga de su carrera que en algún momento de los últimos años consideró imposible, sabía que la anhelada medalla era poco menos que una entelequia.

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Una maniobra ilegal tira a Lucas Eguibar y le deja fuera de la lucha por las medallas

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Condenan al servicio murciano de salud por la muerte de un bebé que no fue diagnosticado con escarlatina

Condenan al servicio murciano de salud por la muerte de un bebé que no fue diagnosticado con escarlatina

El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha condenado a la Consejería de Sanidad por la muerte de una bebe de diez meses que falleció el 3 de marzo de 2023 por Streptococccus pyogenes no diagnosticada ni tratada a tiempo. La sentencia dictada el pasado 5 de febrero de 2026, reconoce la existencia de una mala praxis médica en la asistencia prestada en urgencias pediátricas del Hospital Universitario Virgen de la Arrixaca (HUVA). El fallo obliga a la Consejería de Sanidad a indemnizar con unos 210.000 euros a los padres y a la hermana del menor, al considerar acreditado que no se pusieron todos los medios diagnósticos necesarios para identificar una infección bacteriana grave, pese a existir datos clínicos suficientes para sospecharla. El bebé había acudido a urgencias con fiebre alta tras haber sido visto el día anterior en su centro de salud. Para Ignacio Martínez, abogado de la familia y letrado de la Asociación El Defensor del Paciente , un dato resultaba clave: «convivía estrechamente con su hermana de tres años, diagnosticada y en tratamiento por escarlatina, una infección causada precisamente por Streptococcus pyogenes. Sin embargo, en urgencias no se le realizó la prueba rápida de detección de esta bacteria, siendo dado de alta sin tratamiento antibiótico.» Para Martínez, el problema principal del caso es muy claro: «La asistencia que se le prestó en urgencias a la familia resulto negligente, porque el bebe tenía fiebre, ya había pasado por el centro de salud antes de acudir a urgencias, y convivía con una hermana con escarlatina. Si habiendo informado de esto, el tenía fiebre y la prueba diagnóstica con un bastoncillo es inmediata, barata y segura, no hacerla es una negligencia». Durante el juicio, la defensa del Servicio Murciano de Salud sostuvo que la actuación fue correcta porque no existía un protocolo que obligara a realizar dicha prueba en ausencia de síntomas claros. Un argumento que el tribunal ha rechazado expresamente y que, según el abogado, desvía la atención del «elefante en la habitación», que es el hecho de que la familia informo en el proceso de anamnesis— Información aportada por el paciente y por otros testimonios para confeccionar su historial médico— sobre la infección que padecía la hermana. La sentencia coincide con esta visión y subraya que no es necesario un protocolo establecido para activar una sospecha clínica razonable. «Si tienes un niño con fiebre y convive con su hermana que padece una enfermedad infecciosa, no hace falta un protocolo: hace falta usar la cabeza y el sentido común» señala el abogado. El abogado de la familia también subrayó durante el proceso que, en el momento de los hechos, existía una alerta internacional por el aumento de casos graves de infección por Streptococcus pyogenes en menores, con especial incidencia en bebés. Aunque el tribunal aclara que no era necesaria la existencia de una alerta oficial para justificar la sospecha clínica, Martínez considera que este contexto reforzaba la obligación de extremar la prudencia. «Se daba la circunstancia adicional de que había una alerta internacional por contagios de escarlatina especialmente agresivos en bebés, lo que hacía aún más incomprensible que no se realizara una prueba diagnóstica inmediata», explica. Otro aspecto relevante abordado en el juicio fue la presión asistencial que sufrían las urgencias del Hospital Universitario Virgen de la Arrixaca el 3 de marzo de 2023. La defensa sugirió implícitamente las dificultades propias de los servicios de urgencias , pero esta línea quedó desactivada durante la vista oral. «Preguntamos directamente a la médico MIR que atendió al bebé si había presión asistencial en ese momento, y contestó que no, que apenas había gente en urgencias. Es decir, había tiempo para haber hecho la comprobación», explica Martínez. El tribunal también descarta cualquier responsabilidad de la familia, que siguió las indicaciones médicas tras el alta. Para los padres, hacer pública la sentencia responde a un objetivo claro: evitar que una tragedia así vuelva a repetirse. Un mensaje que la resolución judicial refuerza al recordar que en medicina, especialmente en urgencias pediátricas, ignorar un dato clínico relevante puede tener consecuencias irreversibles.

Una maniobra ilegal tira a Lucas Eguibar y le deja fuera de la lucha por las medallas

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Cajasol Ángel Ximénez, examen de máxima exigencia en Artaleku

Cajasol Ángel Ximénez, examen de máxima exigencia en Artaleku

El Cajasol Ángel Ximénez afronta este viernes (20.30 horas) uno de los compromisos más exigentes del curso en la Liga Asobal. El conjunto pontanés rinde visita al histórico Bidasoa Irún en el mítico Artaleku, un rival que llega a este choque con la necesidad imperiosa de reaccionar tras el revés sufrido el pasado martes en Ciudad Real. La contienda será dirigida por la pareja arbitral catalana formada por Jordi Ausás Busquet y Miquel Florenza Virgili. Los pontanos cayeron por 30-36 en la primera vuelta en el duelo ante los irundarras.