CORDÓPOLIS
Los hechos ocurrieron en el verano de 2021 durante un botellón, cuando tras una pelea un joven resultó herido muy grave, su hermano recibió un botellazo y un vehículo destrozado por apedreamiento La Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial de Córdoba ha absuelto a los tres jóvenes que estaban procesados como autores de un delito de intento de asesinato y otro de lesiones. Los hechos por los que han sido juzgados, y absueltos, ocurrieron el 31 de julio de 2021 en el recinto ferial de El Arenal. Durante un botellón, se produjo una pelea que acabó con un joven herido muy grave y un vehículo destrozado a pedradas. Los magistrados sostienen su sentencia en la falta de pruebas contra los tres procesados. Para el fallo fue clave el juicio oral, donde la defensa, llevada a cabo por la abogada María del Mar Jiménez, insistió en las contradicciones en las declaraciones de los testigos y las víctimas. La propia Fiscalía tildó de “errática” la investigación policial . El suceso se desencadenó alrededor de las 5:00 horas de la madrugada, cuando un grupo de amigos celebraba un cumpleaños. Según recogen los hechos probados, un individuo se acercó al grupo para pedir una botella de alcohol y, tras una discusión, logró llevársela. La tensión aumentó cuando esta persona regresó acompañada de entre veinte y treinta individuos y llegó a exhibir una navaja. En medio de este clima agresivo, la situación estalló de forma violenta. Uno de los hermanos que participaba en el botellón recibió un botellazo en el rostro por parte de una persona que no pudo ser identificada. Al intentar defenderlo, su hermanosalió tras el agresor, pero fue rodeado y derribado al suelo por varios individuos. Fue en ese momento cuando le asestaron dos puñaladas en el costado con un arma blanca que nunca fue hallada. Heridas de extrema gravedad Las lesiones sufridas por el apuñaoado fueron de tal magnitud que, según los informes forenses, habrían sido mortales de no haber recibido atención médica inmediata. El joven sufrió una herida penetrante que le causó una laceración hepática, una herida en el diafragma y una pequeña laceración pulmonar. Debido a la pérdida de casi un litro de sangre y al riesgo vital, tuvo que ser ingresado en la UCI y someterse a intervenciones quirúrgicas de urgencia. Como secuela permanente, le queda una cicatriz de 32 centímetros en el abdomen. Además de las agresiones personales, un grupo de personas comenzó a lanzar piedras contra el vehículo Seat León de las víctimas, causándole daños valorados en más de 2.600 euros. A pesar de la gravedad de lo ocurrido, el tribunal ha considerado que no existe una prueba de cargo suficiente para condenar a los acusados J.A.M., A.C.C. y Y.C.B.. En el caso del acusado de intento de asesinato, J. A. M. la sentencia destaca la debilidad de las pruebas. Durante el proceso, se llegó a identificar hasta a tres personas distintas como autores del apuñalamiento, y en el juicio oral, los testigos volvieron a señalar a una persona de origen magrebí que no era el acusado. Respecto a A. C. C., a quien se le imputaba el botellazo, el tribunal señala que el reconocimiento fotográfico realizado por la víctima estuvo “viciado” por informaciones previas obtenidas en redes sociales y rumores. Además, resultaba poco verosímil que el acusado pudiera agredir por la espalda a alguien con quien estaba discutiendo de frente. Finalmente, sobre Y. C. B., la absolución es calificada de “manifiesta” ante la “orfandad probatoria absoluta”. Ni siquiera se pudo acreditar su presencia en el lugar de los hechos, y su imputación inicial se basó en un reconocimiento irregular que no fue ratificado en el juicio. La sentencia, dictada el 17 de marzo de 2026, declara de oficio las costas procesales y deja sin efecto las medidas cautelares. No obstante, se ha reservado la posibilidad de que los afectados ejerzan acciones civiles por los daños en el vehículo en un procedimiento aparte.
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