El Plural
Samuel Vázquez Álvarez, actual portavoz nacional de Seguridad, Asuntos de Interior e Inmigración en Vox, ha sido condenado a diez meses de prisión, inhabilitación para ejercer un cargo público y otros diez meses de multa de 3.600 euros por delito electoral al haber participado en la campaña de 2023 mientras ejercía de Policía en activo. Así lo ha fallado la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Móstoles, según se emite en la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, sobre la que cabe recurso de apelación en el plazo de los diez próximos días. Hechos probados Vázquez participó en un acto de la campaña electoral de Vox a las elecciones municipales de 28 de mayo de 2023 en Fuenlabrada que llevó por nombre 'Presentación del plan más ambicioso contra la inseguridad en Fuenlabrada', y en el que participaron la candidata de la formación de Santiago Abascal por este municipio madrileño, Isabel Pérez Moñino, actual portavoz del Grupo Parlamentario de Vox en la Asamblea de Madrid. El policía en activo llegó a aparecer en el cartel del partido político y, en cuyo desarrollo del acto, según recoge la sentencia, llegó a esgrimir "un discurso crítico con la situación política y policial en España, refiriéndose a la delincuencia de bandas y la inseguridad ciudadana", temas que se reflejaban en el programa electoral de Vox. Asimismo, Vázquez realizó comparaciones con líderes conocidos internacionalmente como el exalcalde de Nueva York, Rudy Giuliani, o el presidente del Salvador, Nayib Bukele, ensalzando su liderazgo y mandato contra el crimen, de corte duro y represivo. Bajo este contexto, sugirió que España aún no cuenta con un político dispuesto a asumir un papel de similares características a los ejemplos que defendió. El fallo también recoge que, pese a que el entonces policía en activo no pidió expresamente el voto para la candidata de Fuenlabrada, su mera presencia de peso en el acto electoral, así como el contexto y la cercanía a la formación, configuraron su papel como ilegal. Cabe matizar que Vázquez solicitó una excedencia en aquel momento para poder presentarse a las elecciones municipales; no obstante, el Ministerio del Interior de Fernando Grande-Marlaska le denegó la petición. La sentencia suscribe que la participación de Vázquez en el acto político y electoral de Vox vulnera la ley electoral, por la cual se prohíbe expresamente que miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado puedan ejercer cualquier actividad de este calado estando en activo, como era el caso del portavoz de Seguridad de Vox. Asimismo, los argumentos de la defensa han sido tumbados en la sentencia judicial al alegar que el condenado no acudió a un acto electoral –cuando se ha demostrado que sí lo era-, que no pidió el voto para la candidata de Vox expresamente –no es necesario para incurrir en el delito electoral por el que ha sido condenado- y no sabía que era campaña –pese a que el contexto es más que evidente-. Condena y multa Bajo este...
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