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La ley de contratación pública esconde algunas de las trabas más grandes que afectan al funcionamiento de la administración. Si un ayuntamiento, una escuela, una conselleria… quiere contratar a una empresa, no puede hacerlo como un particular. Para servicios y suministros que superan los 15.000 euros u obras de 40.000 euros se debe hacer una licitación, un procedimiento por el cual se determinan unas condiciones, las empresas interesadas se presentan y finalmente se adjudica. Los contratos menores de estas cantidades deben ser de un año como máximo, no son prorrogables, y está prohibido fraccionarlos para evitar la licitación. La interpretación de la ley que hacen las administraciones es incluso más estricta, por eso a partir de 3.000 euros ya suelen buscar tres presupuestos o publican el contrato menor.
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