Los argumentos del CNE para pedirle a Fiscalía que investigue a Ricardo Roa por fraude procesal en campaña ‘Petro Presidente’

Los argumentos del CNE para pedirle a Fiscalía que investigue a Ricardo Roa por fraude procesal en campaña ‘Petro Presidente’

En la ponencia que pide sancionar administrativamente a los responsables de la violación de topes electorales de la campaña Petro presidente 2022, el Consejo Nacional Electoral (CNE) compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación y a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes para que se investigue a Ricardo Roa Barragán, actual presidente de Ecopetrol y exgerente de la campaña presidencial, por presuntas irregularidades en la financiación de la campaña presidencial. La decisión se adoptó tras concluir que hubo omisiones graves en los reportes financieros, ingresos no permitidos y superación de los topes legales establecidos para las campañas presidenciales. ”Compulsar copias a la Fiscalía General para que se investiguen las presuntas conductas en las que pudo haber incurrido el ciudadano Ricardo Roa frente a la financiación de campañas electorales con fuentes prohibidas, la violación de los topes o límites de gastos en las campañas electorales, fraude procesal y las demás que se determinen”, se lee en la ponencia del CNE. El documento es enfático en que bajo la gerencia de Roa se incurrió en prácticas contrarias a la legislación electoral. En la segunda vuelta presidencial, por ejemplo, se identificó la “omisión del reporte de ingresos y gastos por concepto de pagos realizados por el Movimiento Político Colombia Humana por la suma de quinientos treinta millones quinientos setenta y nueve mil novecientos ochenta y tres pesos ($530.579.983)” y de los aportes de la Unión Sindical Obrera “por valor de trescientos setenta y nueve millones diecinueve mil quinientos once pesos ($379.019.511)”. Ante estas irregularidades, el CNE determinó que los hechos no se agotan en el ámbito administrativo. En consecuencia, ordenó: “Remítase copia de la presente decisión y de lo actuado en este expediente a la Fiscalía General de la Nación para lo de su competencia” y, en paralelo, “remítase copia del presente expediente a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes para lo de su competencia constitucional y legal” . De esta manera, el alto tribunal electoral dejó en manos de otras instancias la eventual determinación de responsabilidades penales o políticas. Lea aquí: Entre lo probado y lo descartado: ¿Qué pruebas desechó y cuáles tuvo en cuenta el CNE en sanción contra campaña Petro? La resolución también advierte sobre la responsabilidad directa de Roa, subrayando que “en su calidad de gerente no ejerció los mecanismos de control ni adoptó correctivos que evitaran la vulneración de la normativa electoral”. Con ello, el CNE refuerza la tesis de que el exgerente no solo omitió información, sino que además permitió el ingreso de recursos de origen prohibido, contrariando lo dispuesto en el artículo 109 de la Constitución y en la Ley 996 de 2005. “Esta Corporación establece la existencia de graves irregularidades orientadas al ocultamiento deliberado de hechos económicos, las cuales involucran directamente al ciudadano RICARDO ROA BARRAGÁN, quien ostentaba el cargo de gerente de campaña , lo que revela un comportamiento premeditado, tendiente a encubrir aportes prohibidos y a simular la legalidad de los recursos que, en efecto, tienen un origen ilegítimo, cuyo objetivo fue aparentar un cumplimiento formal frente a la Autoridad Electoral y la financiación directa de una persona jurídica –SERVI RED S.A.S- cuyo tipo de aportante está expresamente prohibido, lo que agrava aún más la conducta y evidencia un patrón de ocultamiento intencional tendiente a soslayar el ordenamiento jurídico electoral”. Entérese: Dos magistrados de CNE dicen que campaña Petro violó topes por $3.500 millones y piden sanción a Roa El documento ordena a Roa restituir de manera indexada $150 millones al Fondo Nacional de Financiación Política, al concluir que dichos recursos fueron reconocidos y pagados “sin justa causa” mediante resoluciones previas de 2023. El CNE sostuvo que con esa gestión se hizo “incurrir a la administración en error”, lo que podría configurar el delito de fraude procesal, razón por la cual remitió el expediente a la Fiscalía para que investigue si hubo responsabilidad penal en la obtención de dineros públicos por parte de la campaña.

Procuraduría sanciona a dos exdirectores de la UNGRD por omisiones en emergencia en La Mojana, Bolívar

Procuraduría sanciona a dos exdirectores de la UNGRD por omisiones en emergencia en La Mojana, Bolívar

La Procuraduría General de la Nación sancionó con tres meses de suspensión a los exdirectores de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), Eduardo José González Angulo y Javier Pava Sánchez. La decisión se relaciona con las omisiones en la atención del boquete del jarillón de Caregato , en Bolívar, que prolongó las afectaciones en la subregión de La Mojana. Dado que ambos ya no hacen parte de la entidad, la sanción será convertida en salarios equivalentes al tiempo de suspensión. Le puede interesar: Inspección en la Cancillería por papel de diplomáticos en caso de Carlos Ramón González La Procuraduría Delegada de Juzgamiento señaló que Eduardo González incumplió su deber de emprender acciones para prevenir la ruptura del jarillón. Después de la emergencia, suscribió un contrato que no incluyó obras de emergencia y, pese a solicitar prórrogas y adiciones presupuestales, el boquete no fue cerrado. Para mayo de este año, la Gobernación de Bolívar reportó que más de 1.200 familias resultaron afectadas por dicha ruptura. El órgano de control también concluyó que González no formuló proyectos ni coordinó obras de dragado complementarias , lo que mantuvo la afectación de comunidades, el medio ambiente y el territorio de La Mojana. En el caso de Javier Pava, la Procuraduría determinó que omitió coordinar planes de manejo y seguimiento de la emergencia. Aunque visitó el lugar en septiembre de 2022, el boquete permaneció abierto pese al riesgo de conocimiento público y nacional . La entidad disciplinaria concluyó que ambos exdirectores vulneraron los principios de eficacia, eficiencia y responsabilidad que guían la función pública, y calificó sus conductas como faltas graves cometidas a título de culpa grave. Además de la sanción por el caso Caregato, Eduardo González enfrenta un pliego de cargos por presuntas irregularidades en la contratación durante la pandemia de Covid-19 , cuando se desempeñaba como director de la UNGRD en el gobierno de Iván Duque. Según la Procuraduría, suscribió contratos con empresas sin experiencia en labores de emergencia , incluyendo negocios de licores, pólvora y pesca. Entre los procesos en su contra está un contrato avaluado en más de 93.500 millones de pesos para la adquisición de ventiladores, que no cumplió con el suministro de equipos necesarios para pacientes en Unidades de Cuidados Intensivos. Estos hechos fueron calificados como una falta grave que desconoció el principio de moralidad pública . En el caso de Javier Pava, quien dirigió la UNGRD durante el inicio del gobierno de Gustavo Petro, la Contraloría le abrió una investigación por presuntas irregularidades en proyectos de vivienda destinados a damnificados de Mocoa . Su gestión también fue objeto de críticas debido a retrasos en la reubicación de familias afectadas por las lluvias. Tras su salida de la entidad en marzo de 2023, Pava llegó a la Dirección de Soberanía Territorial en la Cancillería. Le puede interesar: Corte suprema se abstuvo de ordenar captura de seis congresistas por el caso UNGRD