
Hugo Aguilar presenta sus dos primeros proyectos de sentencia; los aprueban por unanimidad
El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Hugo Aguilar Ortiz, presentó por vez primera dos proyectos de sentencia elaborados por su ponencia, relacionados con casos en materia penal y mercantil, los cuales fueron aprobados por unanimidad.Esta es la primera vez que un presidente de la Corte en funciones presenta proyectos para su discusión. Anteriormente, los ministros presidentes se encargaban de atender los asuntos administrativos, entre otros, tanto del máximo y tribunal de justicia, así como del extinto Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el cual también presidían, órgano que era el responsable de la vigilancia y disciplina de los jueces y magistrados de circuito.Hoy, sin debate de por medio, los dos asuntos se resolvieron en menos de diez minutos, el primero de estos dejando firme la condena a una persona que enfrenta 20 años de prisión por los delitos de homicidio calificado y lesiones; y en el segundo declarando la constitucionalidad del artículo 1091 del Código de Comercio, pero devolviendo el caso a un Tribunal Colegiado para que solucione en definitiva temas de legalidad.Estos fueron los casosUna persona que recibió 20 años y cuatro meses de prisión, por los delitos de homicidio y lesiones, pretendía echar abajo su condena.El ministro Aguilar Ortiz mencionó que la sentencia dictada contra esta persona fue confirmada por la Segunda Sala del Supremo Tribunal del Estado de San Luis Potosí, pero el sentenciado interpuso un amparo directo y después un Tribunal Federal le negó el amparo. El fallo fue impugnado por medio de un amparo directo en revisión, llegando así a la Corte.“En el proyecto se propone declarar este sin materia el asunto, en virtud de que el quejoso en sus conceptos de violación que hace valer ante este máximo tribunal se dedica simplemente a repetir los conceptos de violación que planteó ante el Tribunal Colegiado, no controvierte los temas de los argumentos que se impuso en el Tribunal Colegiado para negarle el amparo, en consecuencia se estima que el recurrente no planteó tema alguno de constitucionalidad que pueda ser analizado por esta Suprema Corte de Justicia de la Nación”, expresó.En el segundo asunto presentado, habló de un juicio ordinario mercantil que inició en el fuero común, en el que se demandó la nulidad de diversas actas de sociedades anónimas y también la declaratoria de inexistencia de algunas donaciones.El caso se trajo a la Corte porque durante el juicio se impugnó a inconstitucionalidad del artículo 1091 del Código de Comercio.“…se propone confirmar la sentencia recurrida, negar el amparo respecto del artículo reclamado y reservar jurisdicción al tribunal para el conocimiento de los temas de legalidad propuestos en la demanda”, declaró.ROA