Carlos Sainz se da una 'paliza' con el Williams: 77 vueltas en Bahrein

Carlos Sainz se da una 'paliza' con el Williams: 77 vueltas en Bahrein

Carlos Sainz ha exprimido al máximo la primera matinal de test en Bahrein. Williams fue la única escudería que se ausentó en el arranque de la pretemporada en Barcelona y la consigna para esta segunda tanda en Bahrein era clara: acumular kilómetros. El piloto madrileño se lo ha tomando en serio y ha sido el que más ha rodado, completando un total de 77 vueltas antes de cederle el volante a su compañero Alex Albon, que participará en la sesión de la tarde.

Carlos Sainz se da una 'paliza' con el Williams: 77 vueltas en Bahrein

Carlos Sainz se da una 'paliza' con el Williams: 77 vueltas en Bahrein

Carlos Sainz ha exprimido al máximo la primera matinal de test en Bahrein. Williams fue la única escudería que se ausentó en el arranque de la pretemporada en Barcelona y la consigna para esta segunda tanda en Bahrein era clara: acumular kilómetros. El piloto madrileño se lo ha tomando en serio y ha sido el que más ha rodado, completando un total de 77 vueltas antes de cederle el volante a su compañero Alex Albon, que participará en la sesión de la tarde.

Carlos Sainz se da una 'paliza' con el Williams: 77 vueltas en Bahrein

Carlos Sainz se da una 'paliza' con el Williams: 77 vueltas en Bahrein

Carlos Sainz ha exprimido al máximo la primera matinal de test en Bahrein. Williams fue la única escudería que se ausentó en el arranque de la pretemporada en Barcelona y la consigna para esta segunda tanda en Bahrein era clara: acumular kilómetros. El piloto madrileño se lo ha tomando en serio y ha sido el que más ha rodado, completando un total de 77 vueltas antes de cederle el volante a su compañero Alex Albon, que participará en la sesión de la tarde.

Carlos Sainz se da una 'paliza' con el Williams: 77 vueltas en Bahrein

Carlos Sainz se da una 'paliza' con el Williams: 77 vueltas en Bahrein

Carlos Sainz ha exprimido al máximo la primera matinal de test en Bahrein. Williams fue la única escudería que se ausentó en el arranque de la pretemporada en Barcelona y la consigna para esta segunda tanda en Bahrein era clara: acumular kilómetros. El piloto madrileño se lo ha tomando en serio y ha sido el que más ha rodado, completando un total de 77 vueltas antes de cederle el volante a su compañero Alex Albon, que participará en la sesión de la tarde.

Carlos Sainz se da una 'paliza' con el Williams: 77 vueltas en Bahrein

Carlos Sainz se da una 'paliza' con el Williams: 77 vueltas en Bahrein

Carlos Sainz ha exprimido al máximo la primera matinal de test en Bahrein. Williams fue la única escudería que se ausentó en el arranque de la pretemporada en Barcelona y la consigna para esta segunda tanda en Bahrein era clara: acumular kilómetros. El piloto madrileño se lo ha tomando en serio y ha sido el que más ha rodado, completando un total de 77 vueltas antes de cederle el volante a su compañero Alex Albon, que participará en la sesión de la tarde.

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Jesús Núñez, abogado: "Cambiar de domicilio sin avisar puede meterte en serios problemas legales si te envían cartas a la dirección antigua porque siguen siendo válidas aunque no las leas"

Jesús Núñez, abogado: "Cambiar de domicilio sin avisar puede meterte en serios problemas legales si te envían cartas a la dirección antigua porque siguen siendo válidas aunque no las leas"

El abogado Jesús Núñez ha lanzado una seria advertencia sobre una práctica muy común que puede acarrear problemas legales: cambiar de domicilio y no comunicarlo. Según explica, si existe una relación contractual donde se fijó una dirección para notificaciones, estas seguirán siendo válidas en el domicilio antiguo aunque no se lean. "Cambiar de domicilio sin avisar puede meterte en serios problemas legales si te envían cartas a la dirección antigua porque siguen siendo válidas aunque no las leas", subraya el letrado. Para ilustrar la gravedad del asunto, Núñez expone un ejemplo ficticio. Un señor demanda a Telefónica por haberlo incluido en un fichero de morosos, alegando que nunca le habían requerido el pago. Sin embargo, la justicia no le dio la razón, ya que el tribunal consideró que la validez del requerimiento no se pierde si el deudor no comunicó su cambio de dirección a la compañía. Este problema se extiende al ámbito fiscal. No tener actualizado el domicilio fiscal es uno de los errores más comunes al presentar la declaración de la Renta. Algo a tener en cuenta ahora que se aproxima uno de los momentos económicos más relevantes para los contribuyentes: esa cita anual con Hacienda que será el próximo 8 de abril. Javier Fernández, fiscalista del despacho dPG Legal, aclara que 'nuestro domicilio fiscal es donde Hacienda nos va a enviar las notificaciones y los requerimientos, con lo cual, si no está correcto, podría darse el caso de que no lo atendiéramos en plazo'. El desconocimiento de estas comunicaciones no exime de responsabilidad. De hecho, no comunicar el cambio a la Agencia Tributaria puede ser motivo de sanción. Aunque no es lo más común, 'la sanción tiene la consideración de leve y Hacienda nos podría imponer una multa de 100 euros', detalla el fiscalista. Para evitar estas situaciones, es responsabilidad del contribuyente comunicar la nueva dirección. El trámite puede realizarse de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, usando certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN y rellenando el modelo 030. También se puede hacer de forma presencial en una oficina, previa cita, o por correo postal. Es crucial realizar la comunicación en el plazo establecido. La Agencia Tributaria estipula que el contribuyente dispone de tres meses desde que se produce el cambio para notificarlo. El mensaje de los expertos es claro: si cambias de domicilio, avisa siempre para evitar situaciones del todo indeseables.

Jesús Núñez, abogado: "Cambiar de domicilio sin avisar puede meterte en serios problemas legales si te envían cartas a la dirección antigua porque siguen siendo válidas aunque no las leas"

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El abogado Jesús Núñez ha lanzado una seria advertencia sobre una práctica muy común que puede acarrear problemas legales: cambiar de domicilio y no comunicarlo. Según explica, si existe una relación contractual donde se fijó una dirección para notificaciones, estas seguirán siendo válidas en el domicilio antiguo aunque no se lean. "Cambiar de domicilio sin avisar puede meterte en serios problemas legales si te envían cartas a la dirección antigua porque siguen siendo válidas aunque no las leas", subraya el letrado. Para ilustrar la gravedad del asunto, Núñez expone un ejemplo ficticio. Un señor demanda a Telefónica por haberlo incluido en un fichero de morosos, alegando que nunca le habían requerido el pago. Sin embargo, la justicia no le dio la razón, ya que el tribunal consideró que la validez del requerimiento no se pierde si el deudor no comunicó su cambio de dirección a la compañía. Este problema se extiende al ámbito fiscal. No tener actualizado el domicilio fiscal es uno de los errores más comunes al presentar la declaración de la Renta. Algo a tener en cuenta ahora que se aproxima uno de los momentos económicos más relevantes para los contribuyentes: esa cita anual con Hacienda que será el próximo 8 de abril. Javier Fernández, fiscalista del despacho dPG Legal, aclara que 'nuestro domicilio fiscal es donde Hacienda nos va a enviar las notificaciones y los requerimientos, con lo cual, si no está correcto, podría darse el caso de que no lo atendiéramos en plazo'. El desconocimiento de estas comunicaciones no exime de responsabilidad. De hecho, no comunicar el cambio a la Agencia Tributaria puede ser motivo de sanción. Aunque no es lo más común, 'la sanción tiene la consideración de leve y Hacienda nos podría imponer una multa de 100 euros', detalla el fiscalista. Para evitar estas situaciones, es responsabilidad del contribuyente comunicar la nueva dirección. El trámite puede realizarse de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, usando certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN y rellenando el modelo 030. También se puede hacer de forma presencial en una oficina, previa cita, o por correo postal. Es crucial realizar la comunicación en el plazo establecido. La Agencia Tributaria estipula que el contribuyente dispone de tres meses desde que se produce el cambio para notificarlo. El mensaje de los expertos es claro: si cambias de domicilio, avisa siempre para evitar situaciones del todo indeseables.

Flick responde a aquellos que dicen que la Copa del Barça ha sido fácil: «Pregunta al Real Madrid»

Flick responde a aquellos que dicen que la Copa del Barça ha sido fácil: «Pregunta al Real Madrid»

Hansi Flick compareció en la sala de prensa de la Ciudad Deportiva Joan Gamper para atender a los medios de comunicación en la previa de la ida de la semifinal de la Copa del Rey que se disputa este jueves en el Metropolitano (21:00 horas) entre el Atlético de Madrid y el Barcelona. El entrenador … Continuar leyendo "Flick responde a aquellos que dicen que la Copa del Barça ha sido fácil: «Pregunta al Real Madrid»"

VIDEO: Drones rusos cazan con éxito un fortín enemigo oculto entre árboles

VIDEO: Drones rusos cazan con éxito un fortín enemigo oculto entre árboles

Personal de la Guardia Nacional de Rusia (Rosgvardia) detectó en un bosque una fortificación de las Fuerzas Armadas de Ucrania durante un reconocimiento aéreo. Se trataba de un galpón destinado a almacenar material bélico, así como un punto de mando y varios refugios, que fueron atacados sucesivamente por tres drones de visión en primera persona (FPV), destrozando la posición.

Hacienda eleva en 2026 la tributación del ahorro: así son los nuevos tipos de hasta el 30% en la Renta

Hacienda eleva en 2026 la tributación del ahorro: así son los nuevos tipos de hasta el 30% en la Renta

La próxima Campaña de la Renta 2025-2026 arrancará el 8 de abril, marcando el inicio de un periodo clave para los contribuyentes, también para aquellos con inversiones en Bolsa o en plataformas como Trade Republic. Comprender el impacto fiscal de los productos financieros y las recientes novedades normativas es fundamental para calcular su rentabilidad final y planificar estrategias financieras de manera eficaz. Según informa Europa Press, uno de los cambios más significativos afecta a la tributación de las rentas del ahorro. A partir de este año, los tipos impositivos para estos rendimientos, que incluyen ganancias patrimoniales o dividendos, se han actualizado y van desde el 19% hasta el 30% para las rentas más altas. La escala queda de la siguiente manera: un 19% para los primeros 6.000 euros; un 21% entre 6.000 y 50.000 euros; un 23% de 50.000 a 200.000 euros; un 27% hasta los 300.000 euros, y un 30% para cualquier cantidad que supere este último umbral. Paralelamente, el Ministerio de Hacienda, dirigido por María Jesús Montero, ha aprobado una reforma fiscal que beneficia a los perceptores del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y a rentas de hasta 18.276 euros anuales. Gracias a una nueva deducción, los trabajadores que en 2025 percibieron el SMI, fijado en 16.576 euros brutos anuales, no soportarán tributación en el IRPF. El Gobierno ha optado por esta fórmula en lugar de elevar el mínimo exento para evitar el conocido como error de salto. Dicho ajuste habría provocado que trabajadores con rentas ligeramente superiores al SMI tuvieran que afrontar retenciones mucho más elevadas, llegando a tributar a un tipo marginal desproporcionado. La deducción aprobada es de 340 euros anuales para rendimientos inferiores al SMI. Esta cifra se reduce progresivamente para salarios superiores mediante la fórmula: 340 euros - 0,2 x (rendimientos del trabajo - 16.576 euros). Por ejemplo, un salario de 17.200 euros obtendría una deducción de 215,2 euros, aliviando su factura fiscal. Para declarar correctamente, es esencial diferenciar las dos bases imponibles del IRPF: la base general y la base del ahorro. La primera engloba ingresos del trabajo y actividades económicas con tipos progresivos del 9,5% al 24,50% a nivel estatal. La segunda, conocida como "la base barata del impuesto", incluye rendimientos de capital mobiliario y ganancias o pérdidas patrimoniales (GPP). Las GPP generadas por una transmisión de bienes, como la venta de acciones, se declaran en la base del ahorro y tributan según los nuevos tramos mencionados. En cambio, las que no derivan de una transmisión, como subvenciones o premios, se integran en la base general. Al realizar el borrador, estas operaciones deben incluirse en el apartado de Ganancias y Pérdidas Patrimoniales. Aunque intermediarios como Trade Republic comuniquen los datos a Hacienda, el contribuyente tiene la obligación de revisar que toda la información sea correcta, incluyendo el cambio de divisa si la operación se realizó en otra moneda. Para facilitar esta tarea, la Agencia Tributaria ofrece el servicio Cartera de Valores, vinculado a Renta WEB. Esta herramienta permite registrar las operaciones de compra y venta de valores para que, una vez validadas, se puedan trasladar automáticamente los cálculos a la declaración, minimizando el riesgo de errores. Una estrategia fiscal clave que permite Hacienda es la compensación de pérdidas con ganancias. Si un inversor tiene un saldo negativo por la venta de un activo, puede compensarlo con ganancias patrimoniales del mismo año. Si el saldo sigue siendo negativo, se puede compensar con hasta un 25% del saldo positivo de los rendimientos del capital mobiliario, y viceversa. Finalmente, es importante considerar las retenciones, que son anticipos a cuenta del impuesto. Se aplica una retención general del 19% sobre rendimientos explícitos como dividendos o intereses de fondos. Sin embargo, productos como las letras del tesoro, ETFs o derivados no están sujetos a retención, según explica la consultora Abante.