José Luis Guerín, director de 'Historias del Buen Valle': "Yo estoy en los márgenes del cine, y es ahí donde quiero estar"

José Luis Guerín, director de 'Historias del Buen Valle': "Yo estoy en los márgenes del cine, y es ahí donde quiero estar"

Su séptimo largometraje, ‘Historias del Buen Valle’, vuelve a ese lugar misterioso en el que el documental se confunde con la ficción -el mismo territorio, en realidad, en el que se ha movido desde que se dio a conocer como cineasta gracias a ‘Innisfree’ (1990) y ‘Tren de sombras’ (1997)- para explorar Vallbona, municipio a solo media hora del centro de Barcelona en el que aún se preservan formas de vida ya erradicadas de la urbe. Mientras imbuye el lugar de una mítica propia de wéstern, el catalán pone el foco en la determinación de quienes se han instalado en él a lo largo de las décadas, pero no idealiza su situación. Habla de tensiones vecinales, de acoso escolar, de suicidios, y ni la serenidad de su mirada ni el inconfundible afecto que derrocha logran esconder su indignación. Gracias a la película, hace unos meses obtuvo el Premio Especial del Jurado del festival de San Sebastián, el mismo galardón que hace ahora medio siglo le proporcionó ‘En construcción’ (2001).

Priego registra más de 580 litros en quince días y sufre graves daños en carreteras por el temporal

Priego registra más de 580 litros en quince días y sufre graves daños en carreteras por el temporal

El delegado de Infraestructuras, Sostenibilidad y Agricultura de la Diputación de Córdoba, Andrés Lorite, se ha desplazado hasta la comarca de la Subbética, en concreto a Priego de Córdoba, para informar sobre las actuaciones realizadas por la institución hasta la fecha en carreteras e infraestructuras de la comarca y las que tiene previsto acometer de manera inminmente para reparar los daños provocados por el tren de borrascas que está padeciendo la península.

Alerta máxima de un pescador sevillano: captura en España 30 ejemplares de una de las peores especies invasoras

Alerta máxima de un pescador sevillano: captura en España 30 ejemplares de una de las peores especies invasoras

En España se han identificado más de 250 especies exóticas invasoras. Algunas apenas se sienten, otras ya han alterado cultivos o ecosistemas locales, pero hay otras que preocupan por el impacto que generan. Entre ellas se encuentra un pez que puede llegar a pesar 120 kilos, que come de todo y que cada vez está … Continuar leyendo "Alerta máxima de un pescador sevillano: captura en España 30 ejemplares de una de las peores especies invasoras"

El Constitucional avala el valor de referencia catastral para el cálculo de los impuestos de sucesiones y transmisiones

El Constitucional avala el valor de referencia catastral para el cálculo de los impuestos de sucesiones y transmisiones

El Pleno rechaza, por unanimidad, que esta fórmula vulnere el principio de capacidad económica de los consumidores porque el cálculo guarda "una estrecha relación con la realidad económica que pretende cuantificar" El Supremo avala la limitación a las actualizaciones del alquiler para combatir la inflación El Tribunal Constitucional ha avalado este jueves, por unanimidad, el cálculo del valor de referencia catastral en la aplicación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentales (ITP). El Pleno ha rechazado así que este vulnere el principio de capacidad económica de los consumidores. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía había elevado al Constitucional a comienzos de mayo de 2025 una cuestión de inconstitucionalidad sobre el “empleo de un método de cálculo masivo, que se basa en una metodología críptica, inasequible para el contribuyente medio y cuyos parámetros no están contenidos en ninguna ley”. El valor de referencia catastral, actualizado en 2022, es el parámetro que Hacienda aplica como base imponible para calcular impuestos como el de Transmisiones Patrimoniales (ITP) o el de Sucesiones y Donaciones, y se basa en estimaciones estadísticas realizadas por la Administración. El Tribunal Superior de Justicia andaluz planteaba la posible ausencia de una justificación objetiva y razonable al haber renunciado el legislador “a la singularización de la valoración de los inmuebles, optando por fórmulas universales y abstractas, que ignoraban las circunstancias individuales de cada inmueble”, indica la nota. A su juicio, el citado valor no respondería al principio de capacidad económica por no ser acorde con el valor real consignado en la operación traslativa realizada. Sin embargo, los magistrados del Constitucional consideran que la estimación del valor de los bienes inmuebles a través de su “valor de referencia”, fijado por la Dirección General del Catastro, como método indiciario de valoración, “no solo somete a tributación una fuente de capacidad económica, sino que lo hace mediante una adecuada medición de la riqueza gravada”. Existe de este modo una “razonable conexión entre el hecho y la base imponible del impuesto”; por eso, su adopción como método estimativo de valoración “no puede considerarse arbitraria”, al responder a una justificación objetiva y razonable. Esto implica que su empleo permite simplificar el cálculo, reducir la litigiosidad y evitar el fraude fiscal, y guarda “una estrecha relación con la realidad económica que pretende cuantificar”. Asimismo, en aquellos casos en los que pudiera haberse producido una desviación respecto del valor de mercado, está legalmente prevista su corrección. Para los magistrados se trata de un sistema de cuantificación objetiva de capacidades económicas potenciales que cuenta con una justificación razonable y suficiente desde el punto de vista constitucional. No solo grava valores medios o potenciales cercanos a los de mercado que son susceptibles de individualización para cada inmueble en atención a sus características específicas, sino que se trata de un sistema “abierto a su contradicción” que permite acreditar, sin límite probatorio de ninguna clase, un valor distinto. De este modo, se puede corregir si fuera necesaria “una más exacta determinación de la base imponible del impuesto”. No se trata de unas “estimaciones genéricas que desconozcan la necesaria singularización en atención a las características extrínsecas e intrínsecas de los bienes inmuebles objeto de valoración”, considera el Constitucional, por lo que no es un sistema cerrado de valoración que resulte inaccesible a los contribuyentes.

El Constitucional avala el valor de referencia catastral para el cálculo de los impuestos de sucesiones y transmisiones

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El Pleno rechaza, por unanimidad, que esta fórmula vulnere el principio de capacidad económica de los consumidores porque el cálculo guarda "una estrecha relación con la realidad económica que pretende cuantificar" El Supremo avala la limitación a las actualizaciones del alquiler para combatir la inflación El Tribunal Constitucional ha avalado este jueves, por unanimidad, el cálculo del valor de referencia catastral en la aplicación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentales (ITP). El Pleno ha rechazado así que este vulnere el principio de capacidad económica de los consumidores. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía había elevado al Constitucional a comienzos de mayo de 2025 una cuestión de inconstitucionalidad sobre el “empleo de un método de cálculo masivo, que se basa en una metodología críptica, inasequible para el contribuyente medio y cuyos parámetros no están contenidos en ninguna ley”. El valor de referencia catastral, actualizado en 2022, es el parámetro que Hacienda aplica como base imponible para calcular impuestos como el de Transmisiones Patrimoniales (ITP) o el de Sucesiones y Donaciones, y se basa en estimaciones estadísticas realizadas por la Administración. El Tribunal Superior de Justicia andaluz planteaba la posible ausencia de una justificación objetiva y razonable al haber renunciado el legislador “a la singularización de la valoración de los inmuebles, optando por fórmulas universales y abstractas, que ignoraban las circunstancias individuales de cada inmueble”, indica la nota. A su juicio, el citado valor no respondería al principio de capacidad económica por no ser acorde con el valor real consignado en la operación traslativa realizada. Sin embargo, los magistrados del Constitucional consideran que la estimación del valor de los bienes inmuebles a través de su “valor de referencia”, fijado por la Dirección General del Catastro, como método indiciario de valoración, “no solo somete a tributación una fuente de capacidad económica, sino que lo hace mediante una adecuada medición de la riqueza gravada”. Existe de este modo una “razonable conexión entre el hecho y la base imponible del impuesto”; por eso, su adopción como método estimativo de valoración “no puede considerarse arbitraria”, al responder a una justificación objetiva y razonable. Esto implica que su empleo permite simplificar el cálculo, reducir la litigiosidad y evitar el fraude fiscal, y guarda “una estrecha relación con la realidad económica que pretende cuantificar”. Asimismo, en aquellos casos en los que pudiera haberse producido una desviación respecto del valor de mercado, está legalmente prevista su corrección. Para los magistrados se trata de un sistema de cuantificación objetiva de capacidades económicas potenciales que cuenta con una justificación razonable y suficiente desde el punto de vista constitucional. No solo grava valores medios o potenciales cercanos a los de mercado que son susceptibles de individualización para cada inmueble en atención a sus características específicas, sino que se trata de un sistema “abierto a su contradicción” que permite acreditar, sin límite probatorio de ninguna clase, un valor distinto. De este modo, se puede corregir si fuera necesaria “una más exacta determinación de la base imponible del impuesto”. No se trata de unas “estimaciones genéricas que desconozcan la necesaria singularización en atención a las características extrínsecas e intrínsecas de los bienes inmuebles objeto de valoración”, considera el Constitucional, por lo que no es un sistema cerrado de valoración que resulte inaccesible a los contribuyentes.

Lo llaman el proyecto más importante de la historia humana y está en marcha: la idea es replicar la energía del Sol

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Mientras en España debatimos sobre el cierre de las nucleares, otros países continúan con un proyecto de cooperación internacional para conseguir una fuente de energía limpia, prácticamente inagotable y capaz de abastecer al planeta durante siglos. Este proyecto tiene nombre ITER. Se trata del intento de construcción de un reactor de fusión nuclear experimental y … Continuar leyendo "Lo llaman el proyecto más importante de la historia humana y está en marcha: la idea es replicar la energía del Sol"

La Generalitat impulsa 700 viviendas de alquiler asequible en Valencia con el Plan VIVE

La Generalitat impulsa 700 viviendas de alquiler asequible en Valencia con el Plan VIVE

La vicepresidenta primera y consellera de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, Susana Camarero, ha destacado que el Plan VIVE Comunitat Valenciana “convierte suelo público parado en vivienda asequible blindada” y que en la ciudad de València ya cuenta con 700 viviendas de protección pública activadas. Inicio de las obras en el barrio de Malilla Camarero […]